Estamos ante uno de los máss grande procesos electorales de los últimos tiempos. Tan solo a nivel federal, los mexicanos tienen que salir a elegir cargos como un presidente de México, 128 senadurías, y hasta 500 diputados y diputadas de la cámara baja. una tarea titánica.
Y una vez que hayan elegido a sus candidatos o candidatas, empezará lo bueno del proceso electoral, el conteo de votos. Sin embargo, esta primera elección es impugnable al menos de un par de maneras como pedir el recuento voto por voto para definir al verdadero ganador en caso de una controversia.
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¿Se puede solicitar un recuento de los votos?

Sin embargo, cada uno de los contendientes en este proceso electoral puede pedir que los votos contados en los cómputos distritales, tengan un recuento ante las autoridades correspondientes, pero solamente puede permitirse en cualquiera de los siguientes escenarios:
- Cuando la diferencia entre el posible ganador de una elección y el candidato que haya obtenido el segundo lugar en la votación sea igual o menor al uno por ciento.
- Cuando los votos nulos sean superiores a la diferencia entre el ganador de la elección y el segundo lugar.
- Cuando haya errores evidentes en el llenado de alguna de las actas de escrutinio y cómputo de la casilla.
¿Se pueden impugnar los resultados de una elección?

Este mismo recuento de votos puede terminar con la impugnación de los resultados de una elección. Para ello, los contrincantes tienen que interponer un juicio de inconformidad ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con una queja basada en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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Sin embargo, la impugnación únicamente puede ser promovido en juicio por los partidos políticos involucrados o los candidatos, éstos últimos cuando la autoridad electoral decida no otorgarles la constancia de mayoría o de asignación de primera minoría por motivos de inelegibilidad, de acuerdo con el Instituto Nacional Electoral.