La Gaceta Oficial de la Ciudad de México publicó en las bases generales de operación en el Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), encabezado por el magistrado Rafael Guerra Álvarez, para la implementación del sistema de justicia oral conforme al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF), que, dentro del apartado de Justicia Digital, autoriza el uso de una aplicación móvil que estará a disposición de los justiciables.
Las bases, emitidas por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México señalan el objetivo de brindar mejores condiciones para el acceso de los ciudadanos a los servicios de la justicia, con nuevas herramientas como la citada aplicación móvil.
“Aplicación Móvil: aplicación móvil que permita a los usuarios acceder de forma segura a las plataformas autorizadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, empleando como método de autenticación de usuarios la Firma.Judicial, la firma electrónica otorgada por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, e.firma o la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL)”, precisa el Acuerdo General V-106/2024 del órgano de administración, vigilancia y disciplina del PJCDMX.
En el apartado de Gestión Judicial Digital, se precisa que dicha aplicación móvil ofrecerá diversas funcionalidades tendentes a facilitar la gestión y seguimiento de asuntos legales para abogadas y abogados litigantes y público en general.
Asimismo, precisa que, entre sus principales funciones están el registro y acceso a la Oficialía de Partes Común Virtual para la presentación de demandas y promociones posteriores, así como la gestión de expedientes o tocas electrónicas.
Del mismo modo, alertas y notificaciones, citas virtuales y audiencias, consulta del expediente o toca electrónicos con su actividad procesal al día y los servicios integrados de pago y cobro a través de la Plataforma Integral de Cobro (PIC).
Desde el pasado 1 de diciembre, se implementó la fase uno de la implementación del CNPCyF en el órgano judicial capitalino que, en la materia civil, opera para la promoción de controversias tramitadas en el juicio especial hipotecario oral y en el juicio especial de arrendamiento inmobiliario oral, así como sus procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa.
Por lo que hace a la materia familiar, para la promoción de procedimientos de jurisdicción voluntaria en todas sus modalidades, cualquier controversia familiar en la que no se plantee el divorcio, aquellos conflictos que se atiendan mediante la justicia restaurativa, así como sus respectivos procedimientos preparatorios, recursos y medios de defensa.
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