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SAT: ¿Quiénes son los contribuyentes que NO deben presentar su declaración anual en 2025?

El Servicio de Administración Tributaria ya dio a conocer las condiciones para quedar exento de este trámite fiscal

SAT: ¿Quiénes son los contribuyentes que NO deben presentar su declaración anual en 2025?
Conoce en qué mes se tiene que realizar la declaración anual 2025. Foto: Cuartoscuro

Debido a que el plazo para realizar la declaración anual 2025 se aproxima ya comenzaron a surgir distintas dudas entre los contribuyentes y una de las más recurrentes consiste en saber quiénes son las personas físicas que no deben realizar este trámite fiscal, por ello, en esta nota te diremos qué es lo que dice el Servicio de Administración Tributaria (SAT) al respecto.

De acuerdo con la información disponible en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la declaración anual es un trámite fiscal que deben presentar anualmente las personas físicas que obtienen ingresos exclusivamente por salarios, además, refiere que dicho procedimiento se realiza regularmente durante el mes de abril del año siguiente al que corresponde la declaración.

Es importante señalar que, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que realizar la declaración anual es de carácter obligatorio para las personas físicas que obtienen sus ingresos por salarios pues de esta manera calculan y enteran a las autoridades fiscales el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La declaración anual ante el SAT se realiza en el mes de abril. Foto: Cuartoscuro 

¿Qué personas físicas NO tienen que presentar su declaración anual en 2025?

En el portal oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se especifica que existen dos situaciones en las que las personas físicas pueden quedar exentas de presentar su declaración anual en 2025, las cuales, se detallan a continuación:

  • Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000.00 pesos), siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual.
  • Obtuviste ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00 de Instituciones que componen el Sistema Financiero.

¿En qué casos sí se debe presentar la declaración anual ante el SAT en 2025?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que las personas físicas que sí tienen que presentar su declaración anual durante el próximo mes de abril son las que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
  • Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos
  • Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
  • Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
  • Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
  • Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
  • Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
La declaración anual se realiza a través del portal del SAT. Foto: Pixabay 

Esto es lo que debes saber para que puedas presentar tu declaración anual en 2025

El trámite de la declaración anual se realiza en línea a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y para poder efectuarlo es necesario que los contribuyentes cuenten con RFC, así como la e.firma y contraseña, posteriormente se deberán llenar los datos solicitados en la declaración, una vez completado este paso se debe firmar la declaración y enviarla, para finalizar se otorgará un acuse de recibo del trámite.

Es importante señalar que, en caso de obtener saldo a favor en el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizará una devolución, cuyo monto será depositado en la cuenta bancaria del contribuyente.

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