PARIDAD DE GÉNERO

IFT interpone controversia constitucional por omisión de AMLO al nombramiento de las nuevas comisionadas

El órgano reveló que trabaja con 4 comisionados varones que incumple con el mandato de paridad de género

ECONOMÍA

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Incide el ámbito de su competencia y pone en riesgo facultades orgánicas.
Incide el ámbito de su competencia y pone en riesgo facultades orgánicas.Créditos: IFT

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó interponer una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la omisión del Ejecutivo Federal de proponer al Senado de la República a las candidatas a comisionadas de este órgano regulador a partir de las listas enviadas por el Comité de Evaluación.

En un comunicado el IFT dio a conocer que en la XVII sesión ordinaria celebrada el pasado 17 de agosto, el Pleno avaló por unanimidad la propuesta del Comisionado Presidente por suplencia, Javier Juárez Mojica, de entablar dicho juicio que hoy fue presentado ante el máximo tribunal del país.

Explicó que el proceso de selección de Comisionados del IFT, previsto en el artículo 28 constitucional, establece que el Ejecutivo Federal debe elegir a los candidatos de una lista enviada por el Comité de Evaluación, integrado por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) y el Banco de México (Banxico), la cual contiene a los aspirantes que obtuvieron las calificaciones aprobatorias más altas en un examen de conocimientos, y proponerlos al Senado para su ratificación.

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3 procesos exclusivamente para mujeres 

Indicó que el Comité realizó, durante los años 2020 y 2021, tres procesos dirigidos exclusivamente a mujeres -en atención a lo previsto en la reforma constitucional de paridad de género-, para ocupar las vacantes, el cual por disposición constitucional debe estar integrado por siete comisionados.

Además, relató que el 16 de diciembre de 2020, el titular del Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador sometió a ratificación del Senado de la República la designación de dos comisionadas del IFT, por el periodo de nueve años, contados a partir del 1 de marzo de 2020 y del 1 de marzo de 2021.

Sin embargo, apuntó que dichas designaciones fueron rechazadas por el Senado de la República y hasta ahora el Ejecutivo no ha enviado una nueva propuesta a partir de la lista de aspirantes que le hizo llegar en su oportunidad el Comité de Evaluación como lo dispone el párrafo vigésimo noveno del artículo 28 constitucional.

Reveló que ante la falta de selección y envío al Senado de las propuestas de candidatas para ser ratificadas, el Pleno ha estado trabajando con solo cuatro de los siete integrantes que lo deben conformar.

Esta omisión del Ejecutivo según, el IFT, incide el ámbito de su competencia y pone en riesgo facultades orgánicas y funciones esenciales que le han sido conferidas por la Constitución y por las leyes, lo que afecta la autonomía y le impide ejercer a través de su órgano máximo de gobierno, el Pleno, todas y cada una de las atribuciones que le son encomendadas por la Constitución Federal y por las leyes.

También se considera que al estar integrado actualmente el Pleno del IFT solo por hombres, se transgrede el mandato constitucional de paridad de género previsto en el artículo 41 constitucional, dado que debe estar integrado por 7 Comisionados.

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