TRÁMITES SAT

SAT: ¿Qué hacer mi negaron la devolución de impuestos?

Durante este ejercicio de Declaración anual 2020 muchos usuarios han recibido notificaciones de rechazo de devolución de impuestos, pero no todo está perdido.

ECONOMÍA

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Sigue estos pasos para obtener tu dinero. Foto: Especial.Créditos: Especial.

Al presentar la declaración anual, un gran número de personas físicas han obtenido un saldo a favor de impuestos por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su Declaración anual 2020 (que se puede realizar hasta el 31 de mayo), pero el contribuyente debe cumplir con los siguientes requisitos para poder obtener ese dinero de forma automática:

  • La declaración anual de personas físicas se puede presentar con la contraseña si la devolución es igual o menor a 10 mil pesos.
  • Si el monto de la devolución es de 10 mil a 150 mil pesos, se puede obtener la devolución con la contraseña, siempre y cuando se utilice una clave bancaria estandarizada (CLABE) de entre las precargadas en el sistema.
  • Cuando el saldo a favor es superior a 10 mil pesos y se captura una nueva CLABE se debe usar la e.firma para presentar la declaración y obtener la devolución automática.
  • Se debe confirmar la cuenta CLABE precargada en el sistema, verificar que esté a nombre del contribuyente y que siga activa.
  • Al presentar la declaración anual se debe señalar la opción de devolución.

¿El SAT te rechazó tu devolución? Haz esto

Hay una serie de razones por la cual el SAT podría rechazar la devolución del contribuyente, pero el afectado puede presentar una aclaración. Pero si aún así es rechazada, tendrá que solicitar manualmente la devolución, a través del formato electrónico de devoluciones (FED) en el buzón tributario. Estos son los escenarios:

  • En caso de que la devolución no pueda ser automática, el contribuyente tiene que entrar al portal de internet del SAT, ingresar a su buzón tributario, seleccionar la pestaña “Trámites” y las opción “Devoluciones y compensaciones”.
  • Luego “Solicitud de devolución”. Al seleccionar esa opción, el SAT le presentará al contribuyente una pantalla con sus datos, para que los valide o modifique en caso de ser necesario.
  • Luego, el contribuyente tendrá que seleccionar “Origen del trámite”, para saber si trata de una devolución o un pago de lo indebido. Posteriormente deberá seleccionar el “Tipo de trámite”, que corresponde al impuesto que está solicitando en devolución; en este caso es el ISR.
  • También deberá especificar el origen del saldo, que es el motivo por el cual se generó el saldo a favor, como deducciones personales o exceso de retenciones.
  • Después, el SAT solicita la información del periodo del que se solicita el saldo a favor. En el caso de la declaración anual debe seleccionarse la opción “Del ejercicio” y del año que corresponde.
  • Otros datos que se requerirán para el trámite de la devolución son el tipo de declaración, el monto del saldo a favor, la información de la clave interbancaria (CLABE) del contribuyente —para que la autoridad pague el monto correspondiente, si es que autoriza la devolución. En esta etapa de la solicitud la autoridad pide que se adjunte la carátula de la cuenta, que debe tener el RFC del contribuyente.

El SAT también pedirá que se adjunten los archivos que considere necesarios para aclarar las inconsistencias detectadas, como pueden ser comprobantes de nómina o comprobantes de las deducciones personales.

msb