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INAI lleva a la Corte el PANAUT, por inconstitucionalidad

Afecta distintos derechos humanos de acceso a la información y protección de datos personales en la constitución

ECONOMÍA

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El INAI consideró que el Panaut implica la violación al derecho a la protección de datos personales. Foto: EspecialCréditos: Especial

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) va a impugnar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

Ayer, el organismo decidió, por unanimidad de sus siete comisionados, promover una controversia constitucional contra el padrón. Se trata del primer litigio que una institución autónoma promueve para que la Corte analice el Panaut.

El Heraldo de México adelantó el pasado lunes 19 de abril que el padrón iba a terminar en manos de la SCJN, ante la afectación que implica para los usuarios y el riesgo de crear una base de datos con la información sensible de 126 millones de habitantes. 

El INAI consideró que el Panaut implica la violación al derecho a la protección de datos personales, por no considerar una orden judicial para el acceso a dicha información.

Asimismo, afecta la seguridad y certeza jurídica de los usuarios, aunado a que se otorgan facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en materia de datos personales, una atribución que no le corresponde al organismo, ya que su función es regular los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión.

Además, el Panaut plantea una vía diversa a los derechos ARCO, los cuales están previstos en la Constitución y consisten en que toda persona tiene derecho a la salvaguarda de su información personal y además, al acceso, rectificación, cancelación y oposición de los mismos.

La comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, opinó durante la sesión del pleno que el padrón “causa afectaciones de distintos tipos a los derechos humanos de acceso a la información y de protección de datos personales consagrados en la Constitución, por cuya efectividad corresponde velar y proteger a este instituto”.

La comisionada Josefina Román dijo que para efectos de identificación no es necesaria la recolección de los datos biométricos.

Por Adrián Arias

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