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Afore: ¿Boda en puerta? Así puedes realizar tu Retiro por Gastos de Matrimonio

En caso de que ambos deseen retirar esta prestación, deben hacer el trámite, cada uno por su cuenta, además tener en cuenta de que el saldo que se entregará proviene de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la Cuenta Individua

ECONOMÍA

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Ambos pueden realizar su trámite cada uno por su cuenta. Foto: EspecialCréditos: Especial

Gracias a la pandemia y el confinamiento, muchas personas tuvieron la necesidad de retirar cierta cantidad de dinero desde su Afore, sin embargo también hubo quienes sintieron que el no podían esperar más y han decidido unir sus vidas hasta que la muerte los separe, si este es tu caso, puedes solicitar el retiro por Gastos de Matrimonio.

Beneficio

Cualquier persona afiliada a un AFORE, puede tener derecho al retiro por gastos de matrimonio el cual consiste en llevar a cabo un retiro parcial de la cuenta individual, el monto debe ser el equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha en la que se realizó el matrimonio civil.

Requisitos 

Para poder tener acceso a este apoyo, se debe tener en cuenta lo siguiente:

  • Haber firmado el acta de matrimonio civil después del 1º de julio de 1997.
  • Tener un mínimo de 150 semanas cotizadas contadas al momento del matrimonio Civil.
  • Sólo aplica una sola vez por lo que si vas por el segundo, no tendrás derecho.
  • Tener completo tu Expediente de Identificación.
  • En caso de ser desempleado y celebrar el matrimonio dentro de los 90 días hábiles a partir de la baja ante el IMSS

Documentos

  • Identificación Oficial vigente: INE, Pasaporte, Cédula Profesional y Cartilla Militar
  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de antigüedad.
  • Acta de Matrimonio.
  • Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria, no mayor a 3 meses de antigüedad (opcional).

En caso de que ambos deseen retirar esta prestación, deben hacer el trámite, cada uno por su cuenta, además tener en cuenta de que el saldo que se entregará proviene de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la Cuenta Individual.

Con información de Invercap

avh