Columna invitada

El derecho a conocer la salud de quienes nos gobiernan

El derecho a saber de la ciudadanía debería ser preponderante antes y durante el mandato

El derecho a conocer la salud de quienes nos gobiernan
Hilda Nucci / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México Foto: Especial

Cuando una enfermedad afecta la salud del Presidente o los miembros de su gabinete, la toma de decisiones se puede llevar a cabo de manera irreflexiva, insensata y obstinada. Por si fuera poco, estas decisiones repercuten en nuestras vidas, pues de manera indirecta ellos tienen en sus manos nuestro destino lo que dura su administración y a veces más.

Es así que la necesidad de conocer el estado de salud de nuestros dirigentes no debería interpretarse como invasión a la privacidad o violación a la protección de sus datos personales, sino como el ejercicio del derecho a la información, a fin de dar sustento a la vida democrática de un país. Uno de los ejemplos más recientes de cómo afectan las enfermedades el ejercicio del poder lo constituye el gobierno del expresidente Joe Biden.

Su deteriorada salud hizo que algunos miembros del Congreso sugirieran la aplicación de la 25 enmienda (relativa a la incapacidad involuntaria para ejercer dicho cargo). De modo que sus padecimientos influyeron significativamente en su desempeño y la percepción del electorado respecto a su mandato, resultando en la pérdida de las elecciones de 2024.

Otro nombramiento controversial es la designación de ELON MUSK como director del Departamento de Eficiencia Gubernamental de EU. De acuerdo con Seth Abramson, su biógrafo, el millonario no es competente para ocupar dicho encargo porque sufre de depresión, estrés y abusa de diversas sustancias (ketamina y marihuana), por lo que su capacidad de juicio puede estar altamente comprometida. Además, es evidente que la intensidad y tendencia a desafiar las normas se debe a su perfil neurodivergente (padece asperger), lo que podría llevarlo a tomar decisiones poco convencionales o que implican un riesgo extremo.

Entonces, ¿cómo se podría evitar que la salud comprometa las decisiones de los gobernantes y, por ende, la estabilidad de una nación? Debería ser requisito dar a conocer las enfermedades que se relacionen directamente con la responsabilidad política que se va a desempeñar y, en caso de que éstas les impidan realizarla, se les pueda reemplazar. Esto es, para no afectar los derechos de los ciudadanos por su incapacidad de gobernar. 

Además, el derecho a saber de la ciudadanía debería ser preponderante antes y durante el mandato, no así potestativo. Conforme al artículo 152 de la nueva Ley General de Transparencia, se advierte la obligación de la autoridad garante de aplicar una prueba de interés público, a partir de los elementos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, cuando exista una colisión de derechos. Por ello, la justificación para conocer los datos de salud de un servidor público se legitima en función de los criterios de transparencia, el interés público y la seguridad nacional, independientemente del carácter confidencial de la información. 

POR HILDA NUCCI
COLABORADORA
@HILNUCCI

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