Ruinas Del Futuro

Crisis constitucional

Hay dos alternativas: la jurídica, mediante recursos de queja o revisión contra las suspensiones de los jueces, o que se sienten a negociar Sheinbaum y el Poder Judicial

Crisis constitucional
Carlos Bravo Regidor / Radar de libros / Opinión El Heraldo de México Foto: Especial

Una mayoría calificada del Congreso de la Unión y más de la mitad de los congresos estatales aprobaron en septiembre una reforma constitucional sobre el Poder Judicial. Muchas personas afectadas que trabajan en el propio Poder Judicial, así como el PRI y MC, han impugnado múltiples aspectos de dicha reforma a través de distintos recursos legales, de los cuales se han desprendido a su vez varios actos de suspensión que ordenan detener la aplicación de la reforma.

La Presidenta objeta que las reformas constitucionales no pueden ser impugnadas, que todos esos recursos carecen de fundamento. Arguye, sobre todo, que la Ley de Amparo establece que dicho recurso es improcedente contra reformas a la Constitución. Y alega que hay jurisprudencia en el sentido de que el texto constitucional vigente es “inimpugnable”, pues no contempla ningún mecanismo de control jurisdiccional contra los actos del “Poder Reformador”.

Los quejosos argumentan, por un lado, que durante el proceso de reforma se incumplieron varias formalidades e invocan una tesis de la Suprema Corte que considera la posibilidad de admitir recursos de control por inobservancia de las reglas relativas al procedimiento de reforma constitucional. Por otro lado, postulan que la reforma atenta contra la independencia judicial, además de que viola garantías y derechos humanos protegidos en tratados y convenciones internacionales que México ha suscrito y está obligado a respetar.

Más allá de preferencias políticas, o de que uno esté de acuerdo o en desacuerdo con el contenido de la reforma, lo cierto es que se ha configurado el escenario de una crisis constitucional: una situación en la que los poderes constitucionales existentes son incapaces de resolver sus conflictos conforme a lo que dispone la propia Constitución (ya sea porque la Constitución no ofrece soluciones, porque una o ambas partes no están dispuestas a aceptar las soluciones que ofrece la Constitución, o porque tienen interpretaciones irreconciliables sobre cuáles serían esas soluciones).

Desde el punto de vista de la presidenta, los jueces están violando la Constitución, pues no deberían admitir recursos que impugnen la reforma constitucional al Poder Judicial (aunque cuando la Presidenta y sus aliados estaban en la oposición interpusieron ese tipo de recursos varias veces). Desde la perspectiva del Poder Judicial, la presidenta no tiene la facultad de determinar si es constitucional o no lo que deciden los jueces (quienes al sí tener esa facultad son, en este caso, juez y parte).

Para la Presidenta, los jueces están recurriendo a una guerra jurídica (lawfare) para impedir, retardar o entorpecer la implementación de una reforma que les es adversa. Para los jueces, la Presidenta está incurriendo en desacato y, al hacerlo, está violando la Constitución. Para evitar que la crisis escale, en este momento habría dos alternativas: la jurídica, que la mandataria interponga recursos de queja o revisión contra las suspensiones de los jueces; o la política, que la presidenta y el Poder Judicial se sienten a negociar. Ambas lucen improbables.

POR CARLOS BRAVO REGIDOR

COLABORADOR

@CARLOSBRAVOREG

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