COLUMNA INVITADA

¿Cuándo una minoría es más razonable que la mayoría?

En días pasados la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió un fallo trascendental y polémico en la causa Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization que anuló la decisión del caso Roe v. Wade

OPINIÓN

·
Juan Luis González Alcántara  / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de México
Juan Luis González Alcántara / Columna Invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

El jurista finlandés Aulis Aarnio señala que, el juez tiene la responsabilidad de procurar que la expectativa de certeza jurídica se realice o, al menos, quede suficientemente satisfecha. Esto significa que, lo que se decida cuente con el nivel suficiente de razonabilidad como para ser aceptada por quien conozca dicha decisión incluso, sin estar de acuerdo con el sentido final de ésta.

Esta responsabilidad no puede sostenerse en los tiempos actuales únicamente en el concepto de autoridad formal, ya no es válido aceptar una falacia de autoridad o dicho de modo más simple: es insuficiente la justificación de que algo es así sólo porque la autoridad lo dice. Aarnio afirma: “en una sociedad moderna, la gente exige no sólo decisiones dotadas de autoridad, sino que pide razones”.

En días pasados la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió un fallo trascendental y polémico en la causa Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization que anuló la decisión del caso Roe v. Wade. En suma, desconoció el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo e interrumpir el proceso de embarazo.

De la lectura del voto mayoritario de los justices se observa que, una parte de la argumentación se dedica a criticar duramente las razones por las cuales hace cincuenta años la Corte Suprema consideró que las mujeres tenían ese derecho proveniente de la Constitución. Más que desarrollar argumentos plausibles racionalmente hablando que sustentaran y justificarán las razones del por qué no existe ese derecho fundamental, o bien, por qué favorecer una vertiente del derecho a la vida de los no nacidos, la mayoría se decantó por desbaratar la causa Roe.

Sin embargo, si el lector le dedica tiempo al análisis y reflexión del voto minoritario que defendió el mantenimiento de esta conquista de los derechos de las mujeres, hay episodios que cumplen con este parámetro de responsabilidad de los jueces de decidir con razonabilidad que indica Aarnio.

Por ejemplo, los argumentos que expresa la minoría sobre la no criminalización de las mujeres que deciden abortar, estemos o no de acuerdo con la interrupción del embarazo, es racionalmente plausible cómo esta acción no puede ser considerada un delito. Asimismo, se plantearon los inconvenientes de estatalizar la legislación en la materia, pues al devolver la competencia a los Estados de la Unión cada legislatura definirá lo que, bajo criterios variopintos, debe considerarse sancionable, inclusión hecha de una prohibición absoluta del aborto en casos de violación o por razones médicas. Y, finalmente, el costo económico público y privado de los servicios de salud y la seguridad e integridad de las mujeres ante tal decisión.

Ya lo decía la justice Ruth Bader Ginsburg en el caso González v. Carhart: “las restricciones a los abortos no buscan reivindicar una noción de privacidad; más bien, se centran en la autonomía de una mujer de determinar el curso de su vida y, por tanto, gozar de una ciudadanía en igualdad”.

Y la mayoría del caso Dobbs no podrá negar –y si lo hacen será en forma irracional– que el principio de igualdad sí está contenido expresamente en la Constitución. A final de cuentas, lo apabullante del número venció a la razonabilidad de una minoría, la de los justices Breyer, Sotomayor y Kagan, que calificaron elegantemente como restricciones draconianas, en las que los estados tendrán la capacidad de imponer a las mujeres su decisión moral de obligarlos a dar a luz a un niño, sin excepciones, aún en casos de violación o incesto.

POR JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA
MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

PAL

Sigue leyendo:

¡Amor que no se atreve a pronunciar su nombre!

Una decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos: Roe v. Wade entre Escila y Caribdis

Ser diferente: "Igualdad atacada por la sociedad"