ELECCIÓN JUDICIAL

Tribunal Electoral amplía motivos para cancelar registro de candidatos a juzgadores

Los cambios en lineamientos se deben a que existe un gran número de conductas que pueden poner en riesgo la equidad y rendición de cuentas en el proceso electoral judicial

Tribunal Electoral amplía motivos para cancelar registro de candidatos a juzgadores
Determinan que la cancelación o pérdida del registro como candidato a juzgador, se resolverá en cada caso por una valoración correspondiente Foto: Cuartoscuro

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló modificar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) para ampliar los motivos para cancelar los registros de los candidatos en la elección judicial. 

En sesión ordinaria, los magistrados avalaron por unanimidad un proyecto de la magistrada Janine Otálora, en el que se modifican los lineamientos para la fiscalización de los procesos electorales del Poder Judicial de la Federación y locales, aprobado el 30 de enero por el Consejo General del INE. 

Y es que el INE aprobó ese acuerdo de los lineamientos para la fiscalización de la elección judicial, en el que se integra que la paridad registro de candidatos a juzgadores solo se dará en dos casos: por recibir recursos públicos y privados, y asistir a eventos proselitistas. 

Ante esto, la Sala Superior del TEPJF resolvió modificar los lineamientos de fiscalización del INE debido a que existe un gran número de conductas que pueden poner en riesgo la equidad y rendición de cuentas en el proceso electoral judicial. 

La magistrada presidenta del Tribunal Electoral Federal, Mónica Soto Fregoso, explicó que ahora la cancelación o pérdida del registro como candidato a juzgador, se resolverá en cada caso por una valoración correspondiente de las autoridades electorales, en función de su contexto, sujeto, condiciones externas e internas de ejecución, así como el beneficio indebidamente obtenido. 

“Determinación de si una infracción amerita la cancelación del registro dependerá del análisis que realice la autoridad del caso concreto dada su gravedad, sin que se limite dicha consecuencia para determinados supuestos”, indicó la magistrada. 

El resto de los lineamientos de fiscalización quedaron en firme como lo aprobó el INE. 

En este sentido son 17 infracciones sancionables en las que pueden incurrir los candidatos a juzgadores, entre las que destacan: la contratación y/o adquisición por sí o por interpósita persona de espacios en radio y televisión; contratación de espacios en cualquier medio para promocionar su candidatura, incluyendo medios de comunicación, espacios físicos, impresos o digitales; la entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo; realizar actos de campaña dentro de los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas; no proporcionar la fiscalización de sus recursos al INE.

TJM

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