Publicado en la gaceta oficial

Martí Batres manda observaciones sobre la Ley de Protección Animal al Congreso de la CDMX

Se garantiza la seguridad jurídica de las personas vecinas, así como fomentar el trato digno y respetuoso a los animales

Martí Batres manda observaciones sobre la Ley de Protección Animal al Congreso de la CDMX
Foto: Foto: Especial

El jefe de gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres remitió un oficio a la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso capitalino, en el que pone a consideración de los legisladores varias observaciones a diversos decretos que fueron enviados al Ejecutivo local para su promulgación y publicación en la gaceta oficial de la ciudad.

De acuerdo al escrito que hoy fue notificado al pleno de la comisión permanente se sugieren modificaciones a la Ley de Protección a los Animales local, para mejorar el marco legal de la Ciudad de México y garantizar la seguridad jurídica de las personas vecinas, habitantes y transeúntes de esta ciudad, así como fomentar el trato digno y respetuoso a los animales.  

Destacan que tras una lectura integral las observaciones son relativas a la cita correcta de las dependencias de la Administración Pública de la capital,  y propuestas de redacción a fin de precisar de mejor manera el objetivo de los artículos.

Modificaciones a la Ley de Protección Animal Foto: Especial

Además de que se sugiere de manera particular armonizar el decreto en lo relativo a la aplicación de la “Eutanasia a los Animales” con las disposiciones de la NOM-033.SAG/ZOO-2014, que habla sobre los métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres; además de que no se podrá aplicar esto a ningún animal sano.

Y es que además de que la eutanasia sea aplicada por médicos veterinarios zootecnistas, también podrá ser aplicada por personas capacitadas, vigiladas en todo momento por los médicos mencionados.

Definición de muerte

También en lo referente a la definición de “muerte” establecida en la fracción XXX Bis 3 del artículo, “se considera erróneo definir a la muerte solo como la privación de la vida sin observar las técnicas previstas en la ley y norma oficiales mexicanas”, ya que dicho concepto deja fuera los casos en que los animales mueran por causas naturales.

Por ello, agregaron que el concepto debe ser el de “muerte ilegal”, y que sería el que se ocasiones la muerte de los animales de forma intencional.

Agregan que la Secretaría de Salud no puede incinerar a los animales, toda vez que no cuenta con el equipo y personal necesario para llevar a cabo esta atribución y se encuentra  fuera de sus competencias.

Proceso de eutanasia

Destaca que hay un error de redacción, pues es imposible que el Centro de Atención Canina y Felina no lleve a cabo un proceso de eutanasia, ya que esto esta dentro de sus facultades constitucionales; además de que se debe permitir por razones humanitaria, “en virtud de que muchos de los animales que llegan a estos lugares tienen enfermedades crónicas, con el consecuente sufrimiento de los mismos”.

Expresa que se recomienda establecer que la participación de la ciudadanía en el “Consejo de Atención Animal de la Ciudad de México”, de la AGATAN será de carácter honorífico ya que no se tiene contemplado pagar una retribución económica o en especie por su participación.

Añade que a través de un reglamento para la ley mencionada se debe definir las bases para la regulación de la entrega de animales asegurados a las autoridades, asociaciones protectoras de animales o personas físicas debidamente registradas ante la Agencia de Atención Animal.

Refiere que también se debe eliminar la obligatoriedad de la esterilización de los animales pues atenta contra la reproducción de especies, por lo que se pide mantener el termino de “esterilización responsable” de los animales bajo tutela.

Finalmente pidieron pasar de 90 a 180 días para homologar las disposiciones que contenga la ley. 

DRV

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