Luego de tres largos años, este viernes, Rosario Robles Berlanga, exsecretaria de Desarrollo Social y de Desarrollo Agrario, salió de prisión. Sin embargo, la exfuncionaria nunca recibió una sentencia condenatoria; todavía continuará su proceso legal, pero ahora fuera de prisión.
Esto se debió a la prisión preventiva oficiosa, una medida cautelar impuesta para evitar que evada la justicia, explicó Francisco Burgoa, abogado constitucionalista. Sin embargo, calificó esta medida como violatoria del debido proceso y de los derechos humanos.
“La podemos traducir como una prisión sin condena”, expresó en entrevista con Guadalupe Juárez y Sergio Sarmiento en el programa Sergio y Lupita de El Heraldo Media Group.
El también catedrático de la facultad de derecho de la UNAM indicó que esta medida, respaldada por la Constitución y Código Nacional de Procedimientos Penales, se aplica por la mera presunción de que una persona cometió un delito de alto impacto.
Aclaró que algunos de estos son por un caso de violencia sexual, secuestro, robo a casa habitación, casos de corrupción como enriquecimiento ilícito, entre otros. Sin embargo, reiteró que no es necesario que la autoridad tenga pruebas para aplicarla.
A su vez, recordó que también está el caso de la prisión preventiva justificada, que en este caso fue usada para mantener en prisión al exprocurador General de Justicia, Jesús Murillo Karam.
Anotó que es una medida cautelar con el mismo principio que la prisión preventiva oficiosa. Sin embargo, en esta la autoridad tiene que presentar pruebas de que la persona detenida pueda intentar huir de la justicia o que pueda cometer algo en contra de las víctimas o la sociedad.
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¿Adiós a las prisión preventiva oficiosa?
El ministro Luis María Aguilar propone dejar de aplicar la figura de prisión preventiva oficiosa porque considerarla como medida cautelar es “tan sólo un disfraz”.
Con ocho votos de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dejaría de aplicarse el párrafo segundo del artículo 19 constitucional que contiene la lista de delitos con esta figura.
El proyecto indica que la población penitenciaria se incrementó considerablemente, principalmente desde 2019 cuando comenzó a aumentar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
En la acción de inconstitucionalidad se señala como contrarias a la Carta Magna las normas que califican como amenazas a la seguridad de la nación los delitos de contrabando, defraudación fiscal y los relacionados con facturas que amparen operaciones inexistentes.
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