MARIGUANA

Mariguana: Cuántos gramos por persona, plantas en casa y otras limitaciones de su regulación en México

La Ley establece que la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que fungirá como un organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Salud

NACIONAL

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Aprueban uso de la mariguana. Foto: Cuartoscuro

Este 10 de marzo la Cámara de Diputados aprobó en lo general la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, es decir, de la planta mejor conocida como mariguana, lo cual permite su uso recreativo, más tarde en la madrugada del 11, se probó en lo particular y fue regresada al Senado de la República. 

¿Qué va a pasar con la regulación de la Mariguana?

Dicha Ley establece que la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que fungirá como un organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Salud.

Es de recordar que en 2018 la Suprema Corte de Justicia declaró como anticostitucional la prohibición del usó con fines recreativos. 

Ahora que la ley fue aprobada por el Legislativo (los senadores ya habían avalado antes que los diputados), pasará al Ejecutivo, representado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, para que ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación. 

Lo que sí se puede hacer

Los mayores de 18 años podrán: 

  • Fumar sin dañar a terceros, con énfasis en los menores de edad
  • No se podrá fumar en espacios públicos con prohibición de humo
  • Sí se pueden cultivar plantas en los domicilios, con la condición de un máximo de 8
  • Se podrán hacer sociedades de consumidores con un máximo de 50 plantas
  • Con un permiso de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) se pueden tener hasta 6 plantas por domicilio dedicadas exclusivamente a su usó recretivo
  • El cultivo en casa sólo es con permiso del estado
  • Quienes lleven a cabo una organización (también con permiso) podrán sembrar, plantar, cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y consumir mariguana. 
  • No se puede consumir en áreas de trabajo
  • El consumidor podrá portar hasta 28 gramos de marihuana
  • Si se exceden los 200 gramos se tendrán sanciones legales

Los permisos

Los vana a otorgar el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad (Senasica) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). 

Senasica va a dar cinco licencias sobre el uso de la cannabis para cultivo, que incluye la compra de la semilla o plántula; transformación, es decir, la fabricación de productos derivados de la mariguana; comercialización; exportación o importación e investigación

psc