IMSS

IMSS: De esta manera te puedes PENSIONAR con menos semanas cotizadas

Los trabajadores que cotizan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que cuentan con más de 60 años, ahora ya cuentan con la modalidad que pensionarse este año con 750 semanas cotizadas

NACIONAL

·
Se podrá adquirir la pensión con menos semanas cotizadas.Foto: Especial.Créditos: Foto: Especial.

La nueva reforma de pensiones, aprobada el pasado mes de diciembre de 2020, propone la modificación al número de semanas cotizadas que deben contar los trabajadores ya que ahora se podrán pensionar con tan solo 750 en lugar de las mil 250 semanas que se pedían con anterioridad. 

Los trabajadores que cotizan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que cuentan con más de 60 años, ahora ya cuentan con la modalidad que pensionarse este año con 750 semanas cotizadas, una cifra que es mucho menor a las que se pedían antes de esta nueva reforma.

La reforma señala que los trabajadores que cumplan con este requisito ya no tendrán que laborar 9.6 años de más para alcanzar con la cotización mínima de semanas. Pero el nuevo tope para poder acceder a este beneficios será de mil semanas para 2031. Esto corresponde a que cada año aumentarán 25 semanas para la jubilación.

Es decir, para este 2021 se necesitan 750 semanas, para el 2022 serán 775. Mientras que para el 2023 serán mínimo 800 semanas para la jubilación y así de manera sucesiva. 

¿Cómo pensionarme si tengo 750 semanas?

Después de cumplir con las 750 semanas de cotización y tener más de 60 años, lo que se necesita es presentar estos requisitos para lograr la pensión:

* Debes de estar bajo la ley de 1997, que se refiere a las cuentas individuales o Afores. Si te encuentras con la ley 1992 o anterior no podrás acceder al beneficio.

* Los recursos de la cuenta individual tienen que ser suficientes para la jubilación.

* La pensión debe ser mayor al 30 % de la pensión garantizada.

* No contar con un trabajo remunerado.

Después de que cumplas con estos puntos, debes tramitar la pensión con la siguiente documentación:

- Identificación oficial.

- Documento del IMSS, Infonavit o Afore que contenga el Número de Seguridad Social.

- Comprobante de domicilio.

- CURP.

- Estado de cuenta de tu Afore.

- Constancia del RFC.

- Estado de cuenta bancario que contenga la CLABE.

- Acta de nacimiento.

Con información de Oink Oink.

rcb