LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN DE MANDATO

SCJN da entrada a impugnación sobre revocación de mandato

Diputados del PAN, PRI y PRD interpusieron un recurso legal por considerar que la ley permite indebidamente ampliar o modificar la pregunta de la consulta sobre revocación

NACIONAL

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La SCJN notificó la admisión de la acción de inconstitucionalidad. Foto: ArchivoCréditos: Foto: Archivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad presentada por legisladores contra la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Esta demanda fue presentada ante el máximo tribunal del país el pasado 14 de octubre por diputados del PAN, PRI y PRD por considerar que la ley permite indebidamente ampliar o modificar la pregunta de la consulta sobre revocación.

Los artículos que impugnaron son: el 13, 19, 32, 36, 41, 42, 59 y el cuarto y quinto transitorios de esta ley.

Este lunes, un integrante del máximo tribunal notificó la admisión de la acción de inconstitucionalidad.

“Se tiene a los 200 promoventes por presentados con la personalidad que ostentan, y se admitiera el trámite la acción de inconstitucionalidad que hacen valer, con reserva de los motivos de improcedencia que se puedan advertir al momento de dictar sentencia”, indica el acuerdo de la Corte.

Además, el ministro que admitió a trámite ordenó dar vista a las cámaras de Diputados y Senadores, así como al Poder Ejecutivo para que rindan su informe en máximo 15 días hábiles.

“En cuanto a su manifestación referente a que “este asunto se substancie y resuelva de manera prioritaria”, dígasele a los promoventes que el artículo 9 bis de la ley reglamentaria de la materia, si bien prevé la figura de atención prioritaria de las controversias constitucionales y de las acciones de inconstitucionalidad cuando exista urgencia atendiendo al interés social o al orden público, lo cierto es que únicamente puede ser solicitado por los Presidentes de las Cámaras del Congreso de la Unión, y por el Ejecutivo Federal, por conducto de su Consejero Jurídico, ante el Presidente de este Alto Tribunal, esto, sin modificar de ningún modo los plazos previstos en la ley”, explica el acuerdo. 

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