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Impugna Josefina Salazar ante el TEPJF convocatoria para renovación de dirigencia panista en SLP

Verónica Rodríguez y Lildia Argüello, las dos aspirantes que ingresaron su carta de intención para participar

NACIONAL

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La decisión de Josefina Salazar de salirse de esas negociaciones e irse por la vía jurisdiccional se debió a un “candado” que contiene la Convocatoria.Créditos: Especial

La ex diputada local y federal, Josefina Salazar Báez ingresó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) recurso de impugnación a la Convocatoria emitida por la Comisión Estatal Organizadora (CEO) para la elección a la Presidencia, Secretaría General y siete integrantes del Comité Directivo Estatal (CDE) a realizarse el próximo 11 de diciembre.

Aunque con un error en el primer apellido donde la registran como “Baltazar”, este lunes en los estrados electrónicos del TEPJF fue publicado el Acuerdo de recepción del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano promovido por la panista, al que se le asignó el numeral SUP-JDC-1339/2021 que fue turnado para su desahogo al magistrado José Luis Vargas Valdez.

El Acuerdo está fechado el 16 de octubre, es decir un día antes de que terminara el plazo para que las aspirantes a la Presidencia del CDE, que en San Luis Potosí está reservada exclusivamente para mujer, ingresaran su Carta de Intención para contender.

De acuerdo a fuentes del autodenominado “Bloque opositor”, la decisión de Josefina Salazar de salirse de esas negociaciones e irse por la vía jurisdiccional se debió a un “candado” que contiene la Convocatoria emitida el martes 12 de octubre, donde en el Capítulo Segundo “Del Registro de Candidatas y Candidatos” se invoca al Artículo 72 de los Estatutos donde en el inciso B señala que quien aspire deberá: “Haberse significado por la lealtad a la doctrina y la observancia de estos estos estatutos…” y C): “No haber sido sancionado por las comisiones de Orden y Disciplina intrapartidista en los tres años anteriores a la elección…”.

Así mismo, refiere al Artículo 52 del Reglamento de los Órganos Estatales y Municipales que asienta: “Los interesados en participar en el proceso (…) deberán cumplir las condiciones de elegibilidad establecidas en los estatutos, reglamentos y Convocatoria” y en el inciso a) advierte que de omitir proporcionar esa información, la CEO podrá solicitar el cambio en la planilla, negar o cancelar el registro.

En uno de los formatos que deberán entregar las aspirantes deberá expresar bajo protesta de decir verdad “…no haber sido condenado y/o de no encontrarse sujeto a investigación y/o no tener en su contra la existencia de expedientes o carpetas de investigación por hechos relacionados por corrupción, uso indebido o ilícito de atribuciones, peculado, cohecho, fraude, abuso de autoridad, abuso de confianza…”.

Estos “candados” fueron evaluados por la ex legisladora panista y la llevaron a tomar la decisión de judicializar el proceso interno, ya que, en marzo del 2018 la plataforma “Ciudadanos Observando” la demandó penalmente por el presunto uso de empresas “fantasma” para orientar recursos públicos en la gestión social.

En tanto, vencido el plazo de entrega de las cartas de intención, la CEO confirmó que sólo fueron dos las aspirantes que lo hicieron: la ex regidora capitalina, Verónica Hernández Rodríguez, identificada con el grupo político que tiene el control del CDE en funciones y Lidia Argüello Acosta, que encabeza un grupo opositor.

De acuerdo a la Convocatoria, ambas tienen hasta el 31 de este mes para registrar su planilla que deberá estar integrada por paridad vertical; a más tardar el 6 de noviembre la CEO resolverá la procedencia de los registros y al día siguiente comienzan campañas electorales, salvo lo que diga en los próximos días el TEPJF en torno a la impugnación presentada el sábado por Josefina Salazar Báez.

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