REAPERTURA ECONÓMICA

Disponen nuevos lineamientos para reapertura económica en Tamaulipas

Se destacan durante esta fase del semáforo epidemiológico nuevos lineamientos

NACIONAL

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El Comité de Seguridad en Salud Pública dispuso que los 43 municipios de Tamaulipas pasen a fase dos de la contingencia sanitaria por lo cual se disponen de nuevas medidas con las cuales se facilita la reapertura económica por los primeros 15 días de febrero. 

Las nuevas medidas fueron adoptadas luego de observarse una baja en el índice de ocupación hospitalaria por COVID-19 y una reducción en los contagios durante las últimas semanas, lo cual han permitido tomar estas nuevas medidas. 

Los  lineamientos sanitarios considerados para esta fase, en donde destacan los siguientes: 

Se amplía el horario en los restaurantes hasta las 23 horas de lunes a domingo, con la posibilidad de servir bebidas alcohólicas acompañadas por alimentos de lunes a domingo hasta las 22:09 horas. Queda prohibido el servicio de buffet, así como la música en vivo en estos establecimientos.

En cuanto a las tiendas de autoservicio deberán funcionar la totalidad de las cajas y que las filas de clientes a pagar no exceda de tres personar por caja, prohibir el acceso a toda aquella persona que no porte cubrebocas y permitiendo el acceso a solo una por familia o grupo; operar hasta un 75% de su capacidad, prestando servicio de lunes a domingo hasta las 20:00 horas.

Y en lo que refiere a la venta de alcohol, el horario establecido será de lunes a viernes hasta las 20:00 horas, sábados hasta las 15:00 horas, mientras que los domingos no se podrán expender bebidas alcohólicas

Tiendas de abarrotes y depósitos, podrán expender bebidas alcohólicas de lunes a viernes hasta las 20:00 horas, sábados hasta las 15:00 horas y domingo está prohibida la venta de éstas; en el caso de tiendas de abarrotes y de conveniencia, podrán prestar servicio hasta las 22:00 horas y a partir de las 22:01 y hasta las 05:59, podrán hacerlo a través de ventanilla.

La salas de cine podrán operar hasta un 40% de su capacidad, con servicio de dulcería hasta las 20:00 horas; Iglesias y templos religiosos deberán observar capacidad de servicio hasta un 25%, podrán oficiar hasta tres servicios por día, siendo estos tres días a la semana: miércoles, sábados y domingos, con uso obligatorio de cubrebocas y sin convocar a eventos masivos.

Salones de eventos, palapas, jardines y albercas, operarán con capacidad de servicio de un 35% o como límite 100 personas, lo que sea menor de acuerdo a las dimensiones del establecimiento, con horario límite de las 23:00 horas. Observar uso de mesas, en caso de que su capacidad sea de 12 personas, un máximo de 8 por mesa; si es de 10, máximo 5 personas por mesa, estableciendo medidas de protección específica a favor de mujeres embarazadas, adultos mayores y niños.

Gimnasios podrán operar hasta un 25% de su capacidad por área dentro del mismo y si es al aire libre, hasta un 50%, con un horario de 05:00 hasta las 22:00 horas, mantener áreas ventiladas, uso obligatorio de cubrebocas y garantizar la desinfección de aparatos tras su uso.

En el caso de los tianguis, puestos fijos y semifijos, será responsabilidad de los municipios el verificar se de cumplimento a las siguientes medidas: capacidad de instalación y de visitantes hasta un 30%, brindar servicio de lunes a domingo hasta las 16:00 horas, que cada puesto esté distanciado por lo menos 5 metros uno del otro y que se prohíba la venta a toda aquella persona que no porte correctamente cubrebocas.

Puestos fijos y semifijos con venta de alimentos preparados, podrán prestar servicio desde las 06:00 hasta las 23:00 horas, cuidar la sana distancia, uso de cubrebocas y capacidad máxima del 50%.

Cabe señalar que los giros comerciales deberán tener a la vista el distintivo de “Establecimiento Seguro”, mismo que será distribuido a través de la Comisión Estatal para la Prevención de Riesgos Sanitarios.

 

Por José A. Hernández.