SEÑORA DE LAS PLANTAS

El Girasol que está en peligro de extinción en México y podría llevarte a la cárcel si lo tienes en casa

Recuerda cumplir con la NOM 059 SEMARNAT 2010 cuando pienses en llenar tu casa con muchas plantitas

El Girasol que está en peligro de extinción en México y podría llevarte a la cárcel si lo tienes en casa
Procura revisar bien las plantas que agarras en la calle o que compras para tu hogar Foto: 2011 / Keir Morse

Tal vez una de las partes más divertidas de tener una casa propia es cuando te pones a adornarla. No importa si solamente es tu cuarto o tienes que hacerlo también en la sala en la cocina, el comedor, los baños y la puerta de entrada, siempre habrá espacio para una planta o tal vez para varias, lo que te dará una actividad de esparcimiento para los siguientes años si es que las cuidas bien.

Pero debes tener en cuenta muchas cosas antes de comenzar a llenar tu casa con plantas. Algunas de estas especificaciones tienen más que ver con la cantidad de luz que entra hacia tu espacio, el tiempo que estarás presente para cuidarlas o si se trata de plantas de interior o de exterior. No lo hagas menos porque podrías estarte metiendo en aprietos. 

Pero otra cosa que debes tener en cuenta dentro de tus actividades como señor o señora de las plantas, es que en México hay leyes que protegen todas aquellas que se encuentra en la lista de plantas en peligro de extinción o bien que forman parte de algún programa especial de protección. Algunas de ellas se han comercializado como plantas de interior pero podrías estar cayendo en un grave error.

Debes tener en cuenta muchas cosas antes de comenzar a llenar tu casa con plantas. Crédito: CANVA

El Girasol que es ilegal tener en casa y que podría llevarte a la cárcel 

La NOM 059 SEMARNAT 2010 es una norma mexicana que identifica a las especies de flora y fauna en riesgo de extinción en el país. Esta norma establece criterios para incluir, excluir o cambiar la categoría de riesgo de las especies, por lo que se trata de un documento público que puedes consultar fácilmente en internet.

Las listas que forman parte de dicho listado se dividen actualmente en las siguientes categorías: anfibios, aves, hongos, invertebrados, mamíferos, peces, plantas y reptiles. Para el tema que nos interesa ahora mismo, solamente vamos a tomar en cuenta todas las que estén incluidas dentro de "Plantas", mismas que podrían cambiar constantemente.

Actualmente hay una planta que ha sido denominada como Girasol de manera popular en el territorio, misma que durante los últimos años ha estado en la lista de la SEMARNAT. Aunque no se trata de una planta que sea muy común en las casas o en interiores, sí podría ser peligroso llevártela si la encuentras en la naturaleza.

Se trata de la planta de orden Asterales, familia Asteraceae, género Hazardia, especie orcuttii, sinonimia Haplopappus orcuttii y de nombre común girasol. Ésta se encuentra dentro de la categoría "P" que significa Peligro de extinción, es decir, "especies cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el territorio nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural".

Ésta se encuentra dentro de la categoría "P" que significa Peligro de extinción. Crédito: iNaturalist

Lo anterior, explica la Semarnat en tu página oficial, se puede deber a factores como lo son la destrucción o la modificación drástica del hábitat donde se encontraba, el aprovechamiento no sustentable de esta planta, así como las enfermedades en el caso de los animales, la depredación, entre otras tantas. Es por eso que hay leyes que multan a las personas o incluso las envían a la cárcel en caso de que incurran en un delito contra la naturaleza.

¿De cuánto es la multa por tener una planta prohibida en tu casa?

De acuerdo con el Código Penal Federal de delitos Contra el Ambiente y la Gestión Ambiental, se pueden imponer penas de no a nueve años de prisión y por el equivalente de 33 mil a 339 mil pesos para todas aquellas personas que trafiquen, capturen, posean, transporten, acopien o introduzcan y extraigan del país ejemplares, productos o subproductos de una especie de de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial.

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