El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF) estipula que en los juicios hipotecarios el juez competente es el de la entidad en la que esté ubicado el inmueble dado como garantía, afirmó el juez de oralidad civil, Daniel Reyes Pérez, del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), que preside el magistrado Rafael Guerra Álvarez.
Destacó que el CNPCyF, de esta manera, quita formalidades innecesarias y privilegia la resolución de fondo de los asuntos, ante el sentir de que anteriormente los procesos de esa naturaleza resultaban muy tortuosos.
Reyes Pérez subrayó que el hecho de utilizar las tecnologías de la información hará todavía más ágil, más rápida y más económica la impartición de justicia, todo ello con el propósito de brindar un mejor servicio a la sociedad.
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Agregó que otra “gran ventaja” del juicio hipotecario es que juezas y jueces, en audiencia, explican a las partes el contenido de su sentencia definitiva, sea condenatoria o absolutoria, en forma breve, sencilla y clara. Pero, además, abundó, las y los impartidores de justicia procuran establecer las bases para la ejecución de la propia sentencia.
Ahí va a procurar (en la audiencia) establecer las bases para una ejecución de esta sentencia de tal forma que las partes pudieran convenir la forma de ejecutarla para que sea menos gravosa; tanto para el demandado poder pagar la parte a la que fue condenado o, en su caso, la entrega del bien inmueble”, comentó.
Precisó que el juicio hipotecario estipulado en el CNPCyF es más ágil, dado que juezas y jueces son quienes presiden todos y cada uno de los actos procesales, aunado a la utilización de las herramientas tecnológicas de la información.
Afirmó que también es necesario que los litigantes se familiaricen con las herramientas y proceso que estipula el CNPCyF, a fin de que desde su trinchera contribuyan a que se cuente con un sistema de justicia civil que sea más rápido y gratuito para los ciudadanos.
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