Ante indicios sobre la existencia de mujeres con discapacidad internadas de forma involuntaria e ilegal en un hospital psiquiátrico, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por unanimidad que no debió desecharse una demanda de amparo que podría permitirles alcanzar su libertad.
El proyecto de sentencia fue presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, y detalla que en los asuntos donde se encuentren involucradas mujeres con discapacidad, los juzgadores deben adoptar un papel más activo y aplicar los ajustes al procedimiento que sean necesarios para asegurar que puedan acceder a la justicia.
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Bajo esa premisa, el proyecto señala que fue incorrecto que se haya desechado la demanda de amparo promovida en favor de diversas mujeres internadas sin su consentimiento en una institución psiquiátrica, pues, aunque no se hayan especificado los nombres de las personas afectadas, el Juez de Distrito estaba obligado a requerir de oficio mayor información, así como a entrevistarse individualmente con las pacientes del hospital, a efecto de hacerse de mayores elementos.
De esta forma, la Segunda Sala tomó en cuenta la posición especialmente vulnerable en que se encuentran las mujeres con discapacidad, así como la posible incomunicación que sufren las personas internadas involuntariamente en instituciones psiquiátricas, para destacar la necesidad de abordar el asunto con una perspectiva más flexible que les permita acceder a la justicia en igualdad de condiciones.