El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya habilitó la plataforma para presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) durante el 2025, por lo que si quieres saber si tienes que cumplir con esta obligación fiscal en esta nota te diremos todo lo que hay que saber en torno a la realización de este trámite.
Para empezar a abordar el tema es importante mencionar que la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es de carácter obligatorio para los contribuyentes, tanto físicos como morales, que estén sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el objetivo de dicho reporte es informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las transacciones que se realizaron con proveedores durante un determinado periodo.
La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) debe presentarse de forma mensual en el caso de físicas y morales o semestral en el caso de personas morales con actividades primarias y a partir del 2025 este trámite se puede realizar de forma íntegra desde el portal en línea del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
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¿Dónde y cómo se presenta la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)?
De acuerdo con la información difundida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) se puede presentar desde el portal oficial de dicha institución fiscal y para ello los contribuyentes deben contar con su RFC, así como con su e.firma y contraseña vigentes.
Una vez que se tengan a la mano los datos antes mencionados, puedes dirigirte a este enlace para iniciar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) y una vez que logres ingresar al portal debes llenar todos los datos que se solicitan en el formulario y una vez completado debes enviar el documento que se genera y para finalizar reciben un acuse de recibo del archivo.
Es importante señalar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), señala que si eres persona física o moral que tributa en el Régimen Simplificado de Confianza o persona física con ingresos por actividades empresariales, profesionales o arrendamiento, cuyos ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no excedieron de cuatro millones de pesos o iniciaste actividades en el ejercicio y estima que tus ingresos no excederán de la cantidad señalada, quedas relevado de cumplir con la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
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