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El SAT incrementará el ISR para jubilados en el 2024, pero ojo no aplica para todos

Las modificaciones que prevé el SAT aplican sólo a los pensionados y jubilados que tienen inversiones bancarias

El SAT incrementará el ISR para jubilados en el 2024, pero ojo no aplica para todos
Consulta a quienes van a afectar. Foto: Cuartoscuro.

En los últimos días circuló información en torno a que en el 2024 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) incrementará el monto de Impuestos Sobre la Renta (ISR) a los ahorros de pensionados, viudos y jubilados, por lo que el monto se triplicará le próximo año. La información ha generado dudas en torno a quiénes son los que se verán afectados por esta nueva medida de carga fiscal. 

El SAT explicó que los ahorradores que se verán afectados por este incremento en el ISR son los contribuyentes que decidieron invertir sus ahorros en bancos y fondos de inversión, a ellos se les triplicará la tasa de impuesto sobre la renta y la retención será aplicada directamente por las instituciones financieras sobre el capital o dinero ahorrado de las personas, no sobre los rendimientos que les genera la inversión. 

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Los bancos retendrán de manera automática el ISR sobre el dinero de los ahorradores. Foto: Cuartoscuro

El monto aprobado por el Congreso para la retención de ISR en el 2024 es de 0.5 por ciento de ISR, es decir que si una persona ahorra un millón de pesos, tendrá una retención de cinco mil pesos equivalentes a ese 0.5 de ISR. Hay que tener en claro que la Ley del ISR determina que las personas con un ahorro anual de hasta cinco veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) no pagan este impuesto.

El SAT aclara que los ingresos por pensión y están exentos de ISR

El SAT establece que el ISR no se aplica por motivos de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social o las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del ISSSTE.

Están exentos del Impuesto Sobre la Renta hasta por un monto de 1 mil 443.3 pesos diarios o 43 mil 299 pesos al mes, por lo que esta exención se aplica sobre la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones. Asimismo, los ingresos que se perciben por jubilación o pensiones, entre otros, en una sola exhibición, estarán exentos del ISR hasta por un monto de 3 millones 159 mil 097.20 pesos; si hay excedente se deberá pagar el impuesto respectivo, esto también aplica para 2024.

Los adultos que invirtieron sus ahorros serán los afectados. Foto: Especial

En caso de que las pensiones sean mayores a dicha cantidad, el ISR se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido. Por ejemplo, si se recibe un ingreso por estos conceptos de 50 mil pesos al mes, de principio está exento por 43 mil 299 pesos al mes; solo se pagará ISR por 6 mil 701 pesos.

Aunado a ello, los contribuyentes pueden aplicar las deducciones personales conducentes (gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, entre otros), lo que reduce el impuesto a cargo, esto al momento de presentar su Declaración Anuel ante el SAT en el mes de abril. En caso de que los jubilados y pensionados no presenten su declaración no se podrán hacer la devolución del impuesto.