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Pensión IMSS: ¿Puedo heredarla si está bajo la Modalidad 40?

Esta modalidad de pensión consiste en que el trabajador realice aportaciones voluntarias para incrementar el monto de sus pagos al momento de retirarse

ECONOMÍA

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(Foto: Freepik).(Foto: Freepik)Créditos: (Foto: Freepik)

La Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio es una ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), conocida como Modalidad 40, la cual consiste en realizar aportes de manera voluntaria para aumentar el monto que recibas una vez que te retires.

Sin embargo, para poder aplicar a esta modalidad se tienen que cubrir ciertas disposiciones, entre las que destacan, no tener relación laboral alguna al momento de solicitar este trámite, además de haber cotizado por lo menos 53 semanas en los últimos cinco años y por último se debe considerar que esta modalidad de pensión solo está disponible para personas que cotizan bajo la Ley de 1973.

Si aplicas a la Modalidad 40, el IMSS señala que por lo menos se debe aportar el 10% del salario con el que cotizas cada 30 días; no obstante, hay un monto máximo que se puede aportar, el cual es de hasta 25 UMAs (Unidad de Medida y Actualización), por lo que si se aporta el monto máximo permitido al momento de pensionarse, el afiliado podría recibir de forma mensual una pensión de hasta 50 mil pesos.

¿Es posible heredar la pensión IMSS con la modalidad 40?

Existen dudas sobre si se permite que una pensión generada a través de la Modalidad 40 pueda dejarse en herencia a su familia. La respuesta es sí, puede pasar a tus familiares.

Tu pensión IMSS 2022 puede ser heredada incluso cuando se obtiene por medio de la Modalidad 40; se permite que, en caso del fallecimiento del titular de la pensión, ésta pueda pasar a algún beneficiario mediante las opciones de Viudez, Orfandad o incluso para sus padres con el esquema de Ascendencia.

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. 
  • Documento que contenga el NSS
  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio
  • Recibo de pago de la cuota obrero patronal correspondiente (se presenta una vez que se haya aprobado la solicitud)

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