El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció una noticia que tiene muy felices a todos los pensionados, pues este 1 de noviembre comenzará la dispersión del pago correspondiente al mes, además de una parte del aguinaldo. Algunos están contentos, pues les permitirá darse algún gusto durante el Buen Fin, que tendrá lugar durante la segunda mitad de este mes.
De acuerdo con la institución mexicana, el monto del aguinaldo debe equivaler a una mensualidad de la cuantía de la pensión, es decir, sin considerar el importe por asignaciones familiares ni ayudas asistenciales, por lo que el monto dependerá de la situación de cada trabajador y de la cantidad que se estableció al momento de realizar el trámite de su pensión, en el caso de ex trabajadores del instituto el monto corresponde a dos meses.
¿Cuándo y a quién les caerá la segunda parte?
El IMSS puntualizó que la otra mitad del aguinaldo se llevará a cabo a final de año, pero puede que venga acompañada con el pago de enero, en caso de que sea así, las autoridades lo comunicarán previamente. Sin embargo, esta prestaciones no es para todos, sólo aquellos que estén bajo régimen de Cesantía en Edad Avanzada, bajo amparo de la ley del IMSS hasta junio de 1997. Quienes estén con la ley vigente desafortunadamente no recibirán un dinero extra.
De acuerdo con cifras oficiales, a cierre del año 2020, el IMSS reportó 4.39 millones de pensionados y jubilados en sus registros. En caso de tener dudas sobre el funcionamiento del programa, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puso a disposición el 800 623 2323, donde se deberá elegir la opción 3 donde personal de Instituto atenderá todas las dudas de los pensionados.
También pueden tramitar préstamos
El IMSS informó que los pensionados podrán pedir préstamo, el cual es una herramienta que, contrario a lo que se cree, puede ayudarte a cumplir tus metas y objetivos o también para salir de alguna emergencia. Los interesados podrán solicitar uno a la institución, la cual cobrará los pagos en un plazo no mayor a un año y de manera automática.
Requisitos
- Contar con una pensión bajo el régimen de la Ley del Seguro Social
- Acreditación de antigüedad mínima de tres meses
- Tres meses del último descuento que finiquitó el préstamo anterior, sólo si es el caso
- Que el descuento no vaya a ser mayor al 30% de la pensión
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