PRESTACIONES DE LEY

¿Te despidieron iniciando diciembre? Así puedes saber cuánto te toca de liquidación

¿Perdiste tu puesto de trabajo? Aunque el aguinaldo es una prestación de ley, puedes sentirte confundido sobre el pago que te corresponde

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¿Te toca liquidación o finiquito?Créditos: Pixabay

Aunque la navidad es una de las épocas en las que más se gasta, pera después enfrentar la cuesta de enero, muchas empresas realizan corte de personal. También se da el caso que el trabajador renuncie para tener una nueva oportunidad laboral en año nuevo. Pero, ¿sabes si te toca liquidación o finiquito y cuánto deben pagarte?

Esto puede causar confusión y es que antes de que termine el año las empresas deben pagarte el aguinaldo, una prestación de ley obligatoria. Calcular la cifra que te corresponde como ex empleado puede parecerte difícil, pero es más fácil de lo que crees, también puedes asesorarte con un contador. 

¿Finiquito o liquidación?

Esta cuestión también pueede resultar confusa, pero solo basta con aclarar tu situación laboral. Si tú renunciaste a tu trabajo, el pago que te corresponde es el finiquito, es lo que te corresponde de las prestaciones de ley que hayas devengado en el año.

Si te despidieron, entonces te corresponde una indeminización, es decir, por ley deben entregarte tu liquidación. El pago es la parte proporcional de las prestaciones de ley, puede incluir la prima de antigüedad si tienes más de 15 años.

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¿Cómo calcular tu liquidación si te despideron antes de diciembre?

Recuerda que la liquidación o finiquito, así como el aguinaldo, son prestaciones por ley que deben pagarte por obligación. Algunas veces se recomienda no firmar documentos hasta que te hayan hecho el pago. Si requieres calcular cuánto es el pago que te corresponde si te quedaste sin. trabajo, sigue estos sencillos pasos.

  • Renuncia

Al dejar el trabajo, la empresa deberá pagarte los días laborados, la parte proporcional del aguinaldo, vacaciones y prima y otras prestaciones de ley. Si fue antes de diciembre, entonces solo te corresponderá una parte del aguinaldo, pero si terminaste el año completo, entonces sí te lo deben dar completo. El correspondiente no debe ser menos a 15 días. Se calcula de la siguiente manera: 

Salario diario (multiplicado) por 15. El resultado se (divide) entre  365, lo que arroje se vuelve a (multiplicar) por los días que trabjaste en el año. Ejemplo: 1,000 salario x 15 días = 15,000 / 365 = 41.09 x 349 días laborados = 14,342 pesos de aguinaldo.

Para las vacaciones:

Salario diario x los días que te corresponden de vacaciones = el resultado / 365 = resultado se multiplica x total días laborados. Ejemplo: 1,000 salario diario x 10 días = 10 000 / 365= 27.39 x 349 = 9,561. (La prima vacacional se obtiene al multiplicar el resultado por 25 por ciento). 

Tu finiquito total es sumando la parte proporcopnal de tu aguinaldo, más vacaciones y más la prima vacacional.

  • Liquidación

Si te despideron, entonces te corresponden tres meses de salario, prima de antigüedad si llevas más de 15 años laborando (12 días de sueldo por cada año trabajado). A la liquidación se debe sumar la indemnización constitucional, se calcula de la siguiente forma: 

Salario diario 1000 x un mes = 30 mil x 3=90 mil. 

Si tienes 15 años de antigüedad: Salario diario 1000 x 12 (días)= 12 mil x 15 (prima)= 180 mil pesos

  • Impuestos

Es importante que tengas en mente que no es la cifra total que vas a recibir, pues de esta se deben descontar los impuestos y deducciones del seguro social o prestaciones como Infonavit. También se descuenta el ISR por prima vacacional, aguinaldo, antigüedad, 30 días de UMA del aguinaldo y 90 días de la prima por vacaciones.

Por ejemplo, si percibes 14 mil 342 pesos de aguinaldo, se le debe restar el impuesto del ISR. Este se calcula de la siguiente manera: 96.22 (valor UMA 2022) x 30 días= 2,886.60. Este resultado lo debes restar de tu aguinaldo de 14 mil 342 pesos, y así con las demás prestaciones proporcionales.