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Las cláusulas pétreas

El rechazado proyecto de Alcántara Carrancá rompía con precedentes de la Corte en materia de acciones de inconstitucionalidad

Las cláusulas pétreas
Eduardo R. Huchim / Omnia / Opinión El Heraldo de México Foto: EL Heraldo de México

Al desestimar la Suprema Corte el proyecto que proponía invalidar contenidos esenciales de la polémica Reforma Judicial, se evitó una crisis constitucional que habría causado severos problemas al país.

En la Corte ocurrió el martes 5 de noviembre algo semejante a lo sucedido en los órganos electorales (INE y TEPJF) con la asignación de legisladores de representación proporcional: se hizo lo mismo que se ha hecho antes en casos similares. Lo reprochable y grave habría sido hacer algo diferente, como lo pretendió, en su momento, una parte de los tres órganos colegiados.

El rechazado proyecto de Juan Luis González Alcántara Carrancá rompía con precedentes de la Corte en materia de acciones de inconstitucionalidad, un recurso para impugnar normas generales, pero no reformas constitucionales.

No hay vías explícitas para combatir estas reformas, pero la mayoría de ministros simpatizaba con entrar al estudio de contenidos que el ponente consideraba negativos y proponía invalidarlos, algo que la Corte nunca ha hecho.

Para González Alcántara, la reforma judicial ataca las llamadas cláusulas pétreas o eternas de la Constitución, es decir, aquellas cuya trascendencia las hace inamovibles.

¿Cuáles son? No se sabe a ciencia cierta, porque no las precisa la Carta Magna y el ponente proponía que la Corte se arrogara la atribución de definirlas. Por esa vía, la Corte tendría la última palabra en materia de reformas constitucionales y al Poder Legislativo se le sometería a lo que dijera el Judicial.

Ello implicaba que ocho de 11 ministros podrían invalidar lo aprobado por cientos de legisladores federales y estatales. El desechamiento del mencionado proyecto se materializó cuando las ministras Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres y el ministro Alberto Pérez Dayán avalaron las causales de improcedencia para revisar contenidos de la Constitución y evitaron alcanzar la mayoría calificada (ocho votos) para hacerlo.

Ya se esperaba la postura de las tres ministras, pero sólo algunos intuían que Pérez Dayán también podría manifestarse en contra de la procedencia, de cara a posturas previas y a pesar de que era pública su oposición a la reforma judicial.

En la intensa sesión del martes 5, una incisiva pregunta permeó la parte final del debate: ¿tiene o no límites el Poder Reformador (o Constituyente)? Desde mi perspectiva, esos límites sí existen y están contenidos en la propia Constitución, a diferencia de las cláusulas pétreas que no lo están.

Me refiero a lo que otras veces he llamado disposiciones sabias de la Carta Magna: el límite máximo de 300 diputados a un solo partido y la mayoría calificada de dos tercios en cada Cámara como requisito para aprobar reformas constitucionales.

En la actualidad, Morena y sus aliados poseen esa mayoría, pero nada garantiza que sus legisladores votarán siempre monolíticamente y, además, tampoco es seguro que esa privilegiada potencia durará más de tres años.

PLUS ONLINE: PÉREZ DAYÁN Y SU CONGRUENCIA

En el lamentable torneo de descalificaciones que se expresa particularmente en las redes sociales en casos polémicos, prontamente menudearon los ataques y denuestos a ministros(as) que votaron en un sentido o en otro.

El más agredido fue Pérez Dayán, quien en realidad merece, en vez de vituperio, reconocimiento por un valor que él posee y es infrecuente en la vida pública de México, como se acreditó en la propia sesión de la Corte: su congruencia. El ministro es y ha sido un ferviente defensor de la supremacía constitucional. Había declarado que en casos de antinomia era preciso "obedecer a la convicción del propio constituyente como portavoz de la voluntad nacional y no a ninguno de sus intérpretes", como consta en un video que circuló en redes.

Y también ha dicho (cita de Lenia Batres): "No soy quién para desprender hojas de la Constitución". Y también: "El dia que la Constitución cambie y diga otras cosas, haremos que esas otras cosas se cumplan, pero mientras no estén, haremos que se cumplan las que están, a costa de lo que sea". Y si, el martes 5 confirmó este criterio, pese a su convicción de que la reforma judicial es una insensatez, a la cual, empero, no debe responderse con otra insensatez.

Tiene razón el ministro: la reforma judicial dista de ser totalmente satisfactoria, tiene contenidos que pudieron mejorarse si las prisas no hubieran imperado, pero lo que sí posee es legitimidad constitucional.

Resueltas las acciones de inconstitucionalidad, ahora los problemas se trasladan al INE, que afronta el desafio mayúsculo de organizar la compleja elección de juzgadores. Y es deseable que la enormidad del reto sea el motor de unión que, al fin, termine con enfrentamientos infértiles en los que no hay inocentes e impulse el acuerdo en vez de la rencilla.

POR EDUARDO R. HUCHIM

COLABORADOR

@EDUARDORHUCHIM

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