Cascabel al gato

¿Para qué sirven los derechos humanos?

Apelan a los derechos humanos en la búsqueda por encontrar formas de convivencia más justas y que generan obligaciones a otros actores sociales

¿Para qué sirven los derechos humanos?
Adrián Velázquez Ramírez / Cascabel al Gato / Opinión El Heraldo de México Foto: Especial

Existe una distancia enorme entre las expectativas que despiertan los derechos humanos y la forma en que estos son definidos en nuestra Constitución.

En el artículo 102B (que rige a los organismos estatales de derechos humanos) los derechos humanos son entendidos exclusivamente en el estrecho marco de una relación entre el ciudadano y la administración pública.

La función de los organismos de derechos humanos se limita así a fiscalizar al Estado en el cumplimiento de estos derechos.

Sin embargo, es evidente que el discurso de los derechos humanos es mucho más amplio que este marco.

Hoy, los derechos humanos son parte fundamental de muy diversos movimientos sociales.

Por supuesto, algunos de ellos le plantean al Estado demandas muy concretas, pero otros tantos apelan a los derechos humanos en la búsqueda por encontrar formas de convivencia más justas y que generen obligaciones a otros actores sociales, no necesariamente estatales.

La práctica de los derechos humanos parece desbordar su interpretación jurídica.

¿Cómo resolver esta distancia? ¿Cómo colmar el vacío que se abre entre las experiencias de estos movimientos sociales y la definición que nos ofrecen los abogados?

Tal vez encontremos algunas respuestas a estas preguntas si los pensamos no como normativas nacionales e internacionales sino como procesos de integración social en los que se discute el carácter justo o injusto de las relaciones que trabamos entre nosotros.

Si hacemos esto, podremos apreciar que la realidad de los derechos humanos no se puede reducir a lo jurídico y no pueden captarse adecuadamente sino es en relación a los antagonismos sociales.

Los derechos humanos nos ofrecen pautas para expresar el conflicto social y tramitarlo de una forma adecuada. Sí: con el Estado, pero también respecto a las relaciones de género o las condiciones que dignifican una relación laboral, el cuidado de la naturaleza y la vida en comunidad. Aspectos singulares de un vasto conjunto de relaciones sociales que constantemente están en impugnación y transformación.

Los derechos humanos ocupan un lugar central en las sociedades democráticas sólo en la medida en que aportan criterios para que se discuta sobre lo que es justo y lo que no.

Es por ello que pensarlos exclusivamente como derechos subjetivos es inadecuado, porque lo que está en juego tiene que ver más con las relaciones sociales que nos permean y condicionan nuestra capacidad de actuar que con supuestos derechos inherentes al individuo.

Sólo haciendo explícito el vínculo entre derechos humanos y justicia social, estos podrán alcanzar todo el potencial que tienen para ofrecernos.   

POR ADRIÁN VELÁZQUEZ RAMÍREZ

COLABORADOR

@ADRIANVR7

MAAZ

 

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