Tal y como ha ocurrido en municipios como Guadalajara, el gobierno de Nezahualcóyotl, Estado de México, se ha sumado a la regulación de algunas acciones que se llevan a cabo desde scooters o patinetas eléctricas; además, ha lanzado normas que también hacen lo mismo con las bicicletas eléctricas y motocicletas. Esto queda determinado a través del Mando Municipal, el cual incluye las normas que se deben velar en la región.
La decisión se toma en la coyuntura de la inclusión de diversos vehículos de alimentación eléctrica, los cuales han cobrado relevancia en las calles en los últimos años. Si bien estas acciones forman parte de una modificación del Bando Municipal, esto no significa que se tenga una regulación entera de este tipo de unidades.
Aún falta el definir los límites a los cuales pueden circular y los espacios en los que pueden hacerlo, así como los equipos de seguridad que se les exigirá. No obstante, este tipo de normativa es una de las primeras que se realiza en México, ya que no hay un marco federal o estatal que los rija en todo el país.
Las bicicletas, scooters y motos eléctricas obtienen su primera multa en Nezahualcóyotl
De acuerdo con el Artículo 180 del Bando Municipal, las personas que lleven a cabo la obstrucción de áreas peatonales con cualquier tipo de vehículo, tenga motor o no, serán sometidas a una pena de cinco a 20 veces el valor de la UMA. Además de esto, podrían ser sancionados con un arresto de seis a 12 horas.
Esta última medida podría cambiarse por el llevar a cabo de tres a seis horas haciendo trabajo comunitario o mejorar la convivencia comunitaria. La norma aplica también para aquellos que dejen muebles u objetos que terminen por impedir el paso libre de las personas a través de las zonas destinadas para los peatones.
El castigo en pesos, tomando en cuenta la cuota de la UMA para 2025 (114 pesos con 14 centavos) sería de 565 pesos con 70 centavos a los dos mil 262 pesos con 80 centavos.
¿Cuál es la multa por invadir la ciclovía en Neza?
Según lo que indica el Mando Municipal de Nezahualcóyotl en el Artículo 182, hay una multa de 40 a 60 veces el valor de la Unidad de Media y Actualización a quien circule sobre cualquier ciclovía a bordo de vehículos automotores. La norma local no explica si esta medida aplica también para los scooters y las motos eléctricas.
No obstante, la Ley General de Movilidad establece que cualquier vehículo de asistencia que pueda llegar a más de 25 kilómetros por hora de aceleración es considerado un automotor. Es decir, aunque un patín del diablo o una mal llamada bici eléctrica puede alcanzar una velocidad mayor a la antes mencionada, se le trata como vehículo con motor.
Esta denominación no cambia si su usuario baja la velocidad, ya que el límite es para la posibilidad del motor y no por la velocidad que lleve en ese momento. Es importante destacar que la Ley General de Movilidad es el ordenamiento federal que se debe aplicar a todos los estados y municipios.
¿Qué multa se dará a scooters, bicicletas, motos y autos en el Mexibús en Neza?
El mismo Artículo del Bando Municipal indica que a quien invada el carril del Mexibús a bordo de cualquier tipo de unidad, sin importar si esta es una bicicletas o patín eléctrico se le impondrá una multa de cuarenta a sesenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización Vigente.
También se determinará si es sometido a un arresto de 18 a 24 horas que se pueden intercambiar por 12 a 18 horas de trabajo en favor de la comunidad.
De acuerdo con esta norma, no hay un mínimo de espacio o de tiempo que se ocupe esta vialidad como para que se considere una infracción y de paso la multa o arresto de la persona.
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