La madrugada de este lunes, un hombre fue detenido en el interior de una vivienda en Tuxtla Gutiérrez, poco después de presuntamente asesinar a una mujer, de acuerdo con datos de la Fiscalía General del Estado de Chiapas.
La Fiscalía de Chiapas informó sobre la detención de José “N”, por su probable responsabilidad en el delito de feminicidio. La versión de las autoridades indicó que en las primeras horas de este lunes se tuvo conocimiento de que una mujer estaba siendo agredida por un hombre dentro de un domicilio ubicado en la colonia Centro de la capital chiapaneca.
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Al llegar al sitio, los agentes encontraron dentro de la vivienda el cuerpo sin vida de una mujer, cuya identidad aún no ha sido confirmada. En el lugar, se efectuó la detención de José N, señalado como el presunto autor del crimen. El detenido fue puesto a disposición del Ministerio Público, quien determinará su situación jurídica en las próximas horas.
La Policía de Investigación ha iniciado las indagatorias preliminares siguiendo el protocolo de actuación específico para el delito de feminicidio. Este protocolo incluye una serie de medidas y procedimientos diseñados para garantizar una investigación exhaustiva y con perspectiva de género, a fin de esclarecer los hechos y asegurar la justicia para la víctima.

Créditos: X/@adrianaguillenh
Penas por feminicidio en México
De acuerdo con el artículo 325, del Código Penal Federal, comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo
- A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia
- Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
- Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
- Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
- La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
- El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
La ley estipula que a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa. Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
LA/TJM