IMPUGNADA EN LA CNDH

Corte revisa reforma que retiraría los contenidos de internet que violen los derechos de autor 

Se incluye con motivo de la firma del T-MEC

NACIONAL

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Protegerían los derechos de autor
Protegerían los derechos de autor Créditos: Pixabay

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el debate de la reforma que establece el mecanismo para retirar de internet contenidos que violen derechos de autor.

Esta reforma de 2020 a la Ley Federal del Derecho de Autor se incluyó con motivo de la firma del Tratado entre Estados Unidos , México y Canadá (T-MEC) y fue impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y senadores de oposición.

SCJN revisan reforma para evitar reproducir contenidos que violen los derechos de autor

El ministro ponente Javier Laynez Potisek detalló que el artículo 114, Octies, regula dos procedimientos a través de los cuales se autoriza a proveedores de servicio en línea retirar contenido de sus sistemas o redes, cuando presuntamente se infrinjan derechos de autor o las disposiciones aplicables.

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El primer procedimiento es el Mecanismo de Aviso y Retirada de Contenido, MARC, que permite al proveedor eliminar contenido, previo aviso de quien considere que este es transgresor de sus derechos de autor.

Así podrían habilitar el contenido

Para este procedimiento se permite al usuario, cuyo contenido fue removido, exhibir un contra aviso para demostrar su titularidad, permitiendo habilitar el contenido en el caso de que no se inicie un procedimiento judicial administrativo penal o un mecanismo alterno de solución de conflictos.

En el Procedimiento Unilateral de Retirada o PUR, la plataforma retira el contenido de forma unilateral y de buena fe, sin previo aviso de un titular o de su representante y sin que se encuentre prevista la posibilidad de restaurar el contendido.

“En esta parte, las accionantes plantean violaciones a diversos derechos: principio de legalidad y seguridad jurídica, debido proceso, formalidades esenciales del procedimiento y libertad de expresión”, detalló Laynez.

La Corte se perfila para declarar la validez del sistema de aviso y retirada porque seis ministros respaldaron la propuesta de Laynez.

Se suben contenidos a las plataformas digitales Foto: Especial

Además, Laynez propuso invalidar el procedimiento unilateral de retirada.

Mecanismo para inhabilitar material digital

La ministra Yasmín Esquivel se pronunció por reconocer la validez de las disposiciones impugnadas por considerar que el mecanismo para inhabilitar materiales digitales, además de buscar la protección de los derechos de autor, también tiene como finalidad impedir que se difundan contenidos que vayan en contra de mandatos legales expresos, como discursos de odio o pornografía infantil.

“Considero que el proyecto pierde de vista dos cosas: la primera, que este mecanismo no tiene por única finalidad la protección de los derechos autorales, sino de impedir la violación a disposiciones legales aplicables o para cumplir con obligaciones derivadas de una relación contractual o jurídica, es decir, su aplicación está destinada para aquellos casos en los que existe un mandato legal que impide difundir determinados contenidos, por ejemplo, discursos de odio, pornografía infantil o bien cuando el proveedor de servicios en línea advierte la existencia de una infracción a una obligación contractual que son las que surgen del contrato de adhesión que los usuarios aceptan cuando se suscriben a los lineamientos de los contenidos que difunde el proveedor de servicios en línea, cuya inobservancia le permite unilateralmente retirar o inhabilitar determinados contenidos, precisamente porque el usuario se comprometió a cumplir con las políticas de la empresa proveedora y no lo hizo.”, explicó.

DRV