PENSIONES Y JUBILACIONES

Fondo para el Bienestar: ¿qué está pasando con las Afores y pensiones en México?

Quienes ya cumplieron 70 años, pero aún continúan activos y siguen cotizando ante el IMSS o ISSSTE se verían directamente involucrados en una nueva reforma

NACIONAL

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Checa las reformas
¿Qué está pasando con las Afores y pensiones en México?.Checa las reformasCréditos: Archivo (Ilustrativa)

Desde el pasado 5 de febrero, el Presidente Andrés Manuel López Obrador puso sobre la mesa de la opinión pública una reforma constitucional al sistema de pensiones en México. Pero ahora, la bancada de Morena en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa que plantea la creación del Fondo para el Bienestar o lo que en un momento se llamó "fondo semilla".

Este Fondo para el Bienestar será constituido por la Secretaría de Hacienda y el Banco de México y supuestamente se encargará de la administración de más de 45 millones de las 74.4 millones de cuentas de los ahorros para el retiro de los trabajadores.

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En su mensaje del 5 de febrero pasado, AMLO adelantó que se creará un fondo semilla de 64 mil 619 millones de pesos a partir del 1 de mayo de este año. En el Recinto Parlamentario de Palacio Nacional, indicó que dicho fondo se irá incrementado poco a poco, aunque no detalló la cifra.

En la iniciativa de ahora, presentada por de los diputados morenistas Moisés Ignacio Mier Velazco y Angélica Ivonne Cisneros Luján, se propone que los Recursos de las Afores cuyo titular haya cumplido 70 años y que no hayan sido reclamados al llamado Fondo para el Bienestar de pensiones.  A los recursos de las Afores se plantea agregar las cuentas del Infonavit y del ISSSTE que no hayan sido reclamados a partir de los 70 y 75 años de edad del cuentahabiente.

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Para quienes ya cumplieron 70 años, pero aún continúan activos y siguen cotizando ante el IMSS o ISSSTE se verían directamente involucrados en esta reforma. Actualmente, las Leyes del Seguro Social, del Infonavit y del ISSSTE garantizan la imprescriptibilidad del derecho de los trabajadores y sus beneficiarios a recibir sus recursos y ahorros, aun cuando éstos no sean reclamados durante mucho tiempo.

El Artículo 302 establece que el IMSS puede disponer de los recursos de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez a los 10 años de que sean exigibles sin necesidad de resolución judicial. Si la propuesta de reforma propuesta por Mier se aprueba, se puede disponer de los recursos de la Afore sin necesidad del periodo de 10 años.