El programa Hoy No Circula busca establecer medidas aplicables a la circulación vehicular de fuentes móviles o vehículos automotores, con el objetivo de prevenir, minimizar y controlar la emisión de contaminantes provenientes de fuentes móviles que circulan en la Ciudad de México sea cual fuere el origen de las placas y/o matrícula del vehículo, mediante la limitación de su circulación.
Los automóviles con holograma 0 y 00 se encuentran exentos de estas disposiciones, pero el horario en que el Hoy No Circula opera de 05:00 a 22:00 horas por lo que debes tomarlo en consideración. Además, considera que la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CaME) es el órgano que regula este programa.
Aunque muchas personas consideran que el 1 y 2 de noviembre son días de feriado obligatorio, la Ley Federal no lo establece de dicha manera, sólo los alumnos del nivel básico, como preescolar, primaria y secundaria tendrán el día de asueto para el "mega puente" de Día de Muertos.
En algunos "puentes" obligatorios, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CaME) suspende la operación del Hoy No circula, pero esto no sucederá este 1 y 2 de noviembre, por lo que el programa operará de manera habitual.
¿Para quiénes aplica el Hoy No Circula el 1 de noviembre de 2024?
El Hoy No Circula para este viernes 1 de noviembre aplica para los vehículos con engomado color azul o terminación de placa 9 o 0 en la Ciudad de México y el Estado de México.
Los municipios del Edomex en donde aplica el Hoy No circula son
- Atizapán de Zaragoza
- Coacalco de Berriozábal
- Cuautitlán
- Cuautitlán Izcalli
- Chalco
- Chicoloapan
- Chimalhuacán
- Ecatepec de Morelos
- Huixquilucan
- Ixtapaluca
- La Paz
- Naucalpan de Juárez
- Nezahualcóyotl
- Nicolás Romero
¿El Hoy No Circula aplica para las motos?
Además de lo establecido en el numeral VII del Programa Hoy No Circula se encuentran exentos de las limitaciones los siguientes supuestos:
- Tractores agrícolas.
- Maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera.
- Motocicletas.
- Vehículos con peso bruto vehicular menor o igual a 400 kilogramos.
- Vehículos eléctricos.
- Vehículos híbridos categoría I y II con motores de propulsión a gasolina y eléctrico.
- Vehículos con matrícula de auto antiguo y/o clásico.
- Automotores con matrícula de demostración y/o traslado.
- Vehículos cuya tecnología impida la aplicación de la Norma Oficial Mexicana correspondiente.
- Vehículos que porten Holograma “EXENTO”.
- Vehículos que porten Constancia de Verificación y holograma tipo “00” por dos años, salvo cuando exista contingencia ambiental atmosférica por contaminantes y la CAME emita restricciones a la circulación para alguno de los casos referidos.
- Vehículos que porten Constancia de Verificación y holograma tipo “0”, por seis meses, salvo cuando exista contingencia ambiental atmosférica por contaminantes y la CAME emita restricciones a la circulación para alguno de los casos referidos.
- Vehículos que porten Constancia tipo “Permiso Especial para Circular”, siempre y cuando transporten a personas con discapacidad.
- Vehículos que porten Constancia tipo “Programas Especiales de Fuentes Móviles” o “Autorregulación”, que participen en el Programa de Autorregulación Ambiental de vehículos a diésel o para impulsar la electromovilidad en vehículos ligeros.
- Vehículos que porten placas para personas con discapacidad.