CAMBIO EN EL ARTÍCULO 4

Reforma contra maltrato animal: de qué va la propuesta de AMLO y cuáles son las penas vigentes

Este cambio a la ley se da justo tras varios casos de maltrato y crueldad animal como el de Scooby, un perro que murió luego de que fue arrojado intencionalmente a un cazo con aceite hirviendo

NACIONAL

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El próximo domingo 25 de junio la sociedad civil, ya tiene contemplada una marcha para defender los derechos de los animales.
El próximo domingo 25 de junio la sociedad civil, ya tiene contemplada una marcha para defender los derechos de los animales.Créditos: Cuartocuro.

Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, informó que contempla una iniciativa para reformar el artículo 4 de la Constitución Política, esto en busca de proteger a los animales dándoles un trato digno. Esta propuesta fue comentada por el mandatario este 19 de junio durante su conferencia matutina. Este cambio a la ley se da justo tras varios casos de maltrato y crueldad animal como el de Scooby, un perro que murió luego de que fue arrojado intencionalmente a un cazo con aceite hirviendo en Tecámac, Estado de México.

Es muy importante destacar que López Obrador destacó que este movimiento se efectuará antes de finalizar su administración, en septiembre de 2024, pues ya contempla enviar un paquete de reformas constitucionales incluyendo la de protección a los animales. El próximo domingo 25 de junio la sociedad civil, ya tiene contemplada una marcha para defender los derechos de los animales, la cual partirá del Ángel de la Independencia con destino al Zócalo de la Ciudad de México.

Al menos 7 de cada 10 animales domésticos son víctimas de alguna forma de maltrato. Foto: Especial.

Según lo arrojado por un estudio ejecutado por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) un poco más 43. 8 millones de perros habitan en el país, de los cuales un 70 por ciento de ellos se encuentra en situación de calle, mientras que el IBE calculó que al menos 7 de cada 10 animales domésticos son víctimas de alguna forma de maltrato.

¿Qué dice el artículo 4?

El artículo 4 de la Constitución actual juega un papel fundamental en la protección del medio ambiente y el bienestar de las personas. Aunque no se reconocen explícitamente los derechos de los animales como individuos, se establece su consideración dentro del marco del derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo humano.

El artículo 4 declara que toda persona tiene el derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Esto implica que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar y proteger este derecho. Cualquier daño o deterioro ambiental causado por actividades humanas generará responsabilidad para aquellos que lo provoquen, según lo establecido por la ley.

Un poco más 43. 8 millones de perros habitan en el país, de los cuales un 70 por ciento de ellos se encuentra en situación de calle. Foto: Cuartoscuro.

Es a partir de este artículo que se derivan leyes secundarias, como la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Animal. Esta ley establece un enfoque basado en el trato digno y respetuoso hacia los animales, abordando aspectos relacionados con su alimentación, descanso, suministro de atención médica y su bienestar general de acuerdo con las características propias de cada especie.

Aunque la Constitución no otorga derechos explícitos a los animales, la legislación derivada del artículo 4 busca establecer un marco legal que promueva la protección y el bienestar de los animales, reconociendo su importancia dentro del equilibrio ecológico y la convivencia armoniosa entre todas las formas de vida en nuestro entorno.

¿Qué contempla la reforma al artículo 4?

En esta reforma se buscará que el Estado reconozca a los animales como seres sintientes, es decir que cuentan con conciencia de lo que ocurre en su ambiente y de cómo lo afecta, además de tener capacidades cognitivas-no necesariamente iguales a las nuestras) y son capaces de sentir emociones (positivas como felicidad y negativas como miedo).

Con este cambio, tendrán derecho a recibir protección, cuidado y bienestar por parte del Estado. Además todas las personas que habiten o visiten el territorio nacional tendrán la obligación de respetar la vida animal, asimismo, se debe fomentar la cultura y educación para mantenerlos saludables.

Cambios a la ley. Foto: Especial.

Además, al ser México una república federal, cada uno de los estados deberá legislar los cambios a la ley por medio de sus congresos y lo cual deberá pasar lo mas pronto posible.

¿Cuáles son las penas por el maltrato animal en México?

La crueldad o el maltrato animal es un punto rojo para la sociedad mexicana, no solamente por el comportamiento agresivo que implica hacia un ser vivo, sino por el ejemplo que da cotidianamente; y es que todos los seres vivos son importantes y merecen gozar del derecho de una vida digna y tranquila.

Por ello, ya existen penas y castigos en la mayoría de los estados de la república para quien ejerza violencia contra los animales. A continuación, presentamos los castigos por este delito en cada uno de los estados del país. Es importante destacar que esta parte del texto es sustentado por lo publicado en la Gaceta Parlamentaria del 15 de agosto del 2019, misma que puede checar dando clic aquí.

Foto: Cuartoscuro
  • Aguascalientes: El caso de Aguascalientes es donde se tiene la sanción más baja, ya que en casos de maltrato animal se le impondrá de 1 a 3 meses de prisión, de 10 a 50 días multa.
  • Baja California: La reforma al Código Penal del estado detalla que la prisión puede alcanzar hasta 2 años y una multa de hasta 8 mil pesos. Además explica que el maltrato incluye la tortura, muerte injustificada, sadismo, zoofilia, lesiones que le provoquen alguna incapacidad o dañe un órgano, entre otros criterios.
  • Baja California Sur: El artículo 386 del código penal estipula que cualquier persona que incurra en actos de maltrato animal, podrá pasar de 6 meses a 2 años en prisión, además de ser acreedores de una multa que rondará entre los 50 y 100 días de salario mínimo.
  • Campeche: Se realizaron reformas al código penal del Estado, donde detalla que Se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de quinientos a mil Unidades Diarias de Medida y Actualización a quien realice, patrocine, promueva, difunda o permita la realización de actos de maltrato animal que deriven en zoofilia o peleas de perros u otros animales, en predios de su propiedad o posesión o en cualquier otro lugar, establecimiento, inmueble sea público o privado incluidas las vías de comunicación y demás lugares públicos.
  • Chihuahua: Aunque en ese Estado ya existe la Ley de Bienestar Animal para el Estado de Chihuahua, el Pleno consideró la importancia de que tales actos estén tipificados como delitos en el Código Penal. Se impondrá multa de hasta 200 salarios a quien omita dolosamente prestar cuidados a un animal de compañía, que sea de su propiedad y que esta omisión ponga en peligro la salud del animal. A quien dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal de compañía, causándole lesiones que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de tres meses a un año de prisión y multa de hasta 250 salarios. Y al que dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de algún animal de compañía, causándole la muerte, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta 250 salarios.
  • Coahuila: El artículo 293 Bis 1 del Código Penal del estado habla sobre los delitos en contra de la vida, integridad y dignidad de los animales y en caso de violar este reglamento se sancionará con una pena de seis a cuatro años en la cárcel y una multa desde 6 mil 377 pesos hasta 31 mil 885. La ley castiga el maltrato injustificado en contra de cualquier especie animal que no constituya una plaga. Si la crueldad contra un animal pone su vida en peligro, la sanción podría aumentar en 50 por ciento.
  • Colima: Tipificó el 17 de abril del 2013 el delito de maltrato hacia los animales domésticos y quienes incurran en este crimen deberán ser multados hasta con 300 salarios mínimos y tres años de prisión.
  • Ciudad de México: Reformaron el Código Penal para establecer sanciones más severas contra el maltrato animal. De tal manera que quien maltrate y lesione a un animal será castigado con penas de seis meses a dos años de cárcel y multas de 3 mil100 a 6 mil 200 pesos. Las sanciones se elevarán en un 50 por ciento si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, y en caso de que el animal muera, el responsable podrá ser castigado con penas de dos a cuatro años de prisión y multas de 12 mil 400 a 24 mil 800 pesos, y se le retirarán todos los animales que tenga en su poder.
  • Durango: Esta entidad registra la multa más alta en México (10 mil días de salario mínimo) como castigo a conductas dolosas como tortura, vejación, mutilación que causen dolor o muerte de los animales y un arresto mínimo de hasta por 72 horas, si la especie fue asesinada. La ley prohíbe las peleas de perros y busca implementar una cultura de protección y conservación de los animales, además de sentar precedentes legales.
  • Estado de México: La reforma a los artículos 48 y 235 bis del Código Penal del Estado de México incluye pena de seis meses a tres años de prisión a quien cause la muerte no inmediata, utilizando cualquier medio que prolongue la agonía de cualquier animal que no constituya plaga.
  • Guanajuato: El Congreso de Guanajuato aprobó en noviembre del 2013 tipificar como delito atentar contra la integridad y vida de los animales en la entidad. Dentro de los castigos que se aplicará se establece que a quien dolosamente cause la muerte de un animal  se le impondrá una sanción de diez a cien días de multa y de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad. Pero si es responsable de una mutilación se le aplicará de cinco a 50 días de multa y de 30 a 90 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.
  • Hidalgo: Fueron aprobadas las reformas al código penal y se creó el título vigésimo segundo denominado Delitos en contra de los animales por actos de crueldad o maltrato, y se adicionaron los artículos 364 y 365. Con ello las personas que causen maltrato en contra de los animales domésticos o ferales —en condición del entorno natural— tendrán una sanción de 15 días a un mes de prisión y multa de 25 a 50 unidades de medida y actualización en su modalidad de valor diario. Mientras que por muerte del animal, de un mes a seis meses de prisión.
  • Jalisco: El pleno del Poder Legislativo aprobó reformas al Código Penal para sancionar con cárcel de seis meses a tres años a quien mate a un animal. La pena se incrementará año y medio si en la muerte del animal existe agonía prolongada.
  • Michoacán: Castiga a las personas que maltraten a los animales o priven de la vida a las criaturas. Los delitos considerados son abandono, abusos sexuales, actos abusivos y peleas callejeras. El Congreso local aprobó sanciones de hasta 500 salarios mínimos y 24 meses de cárcel.
  • Morelos: El Código Penal de Morelos, su artículo 327 establece sanciones por delitos contra la integridad y dignidad de los animales domésticos, señala: "al que cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie de animal doméstico provocándole la muerte, se le impondrán de seis meses a un año de semilibertad. En caso de reincidencia o que concurra alguna de las circunstancias siguientes, se le impondrán de seis meses a un año de prisión".
  • Nayarit: De acuerdo al artículo 384 del Código Penal de Nayarit; se impondrá de tres días a tres años de prisión y multa de sesenta a trescientos sesenta días de salario mínimo; a todo aquel que cometa delitos contra la Ecología o la Fauna.
  • Nuevo León: En el caso del Estado de Nuevo León, en el Artículo 445, de su código penal queda plasmado que al que cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal causándole lesiones se le impondrá de tres días a un mes de prisión y multa de tres a cinco cuotas. Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal doméstico se aumentará en una mitad la pena señalada. En caso que las lecciones le causen la muerte al animal doméstico se impondrá de 15 días a 6 meses de prisión y una multa de 5 a 15 cuotas.
  • Oaxaca: El 30 de septiembre de 2015 entró en vigencia la tipificación del delito de maltrato animal en el Código Penal que sanciona de tres meses a cuatro años de cárcel a quienes lastimen, sacrifiquen dolosamente o abusen sexualmente de éstos.
  • Puebla: Castiga el maltrato animal hasta con cuatro años de prisión y multas de hasta 26 mil pesos. Las modificaciones al Código Penal del estado establecen de seis meses a cuatro años de prisión y sanciones económicas que alcanzan 400 días de salario mínimo a quien realice actos de maltrato o crueldad contra algún animal doméstico o silvestre. Si los actos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal, se impondrán de dos a cuatro años de prisión y multa de 200 a 400 días de salario.
  • Querétaro: El Código Penal del estado sanciona actos de maltrato animal, de 3 a 15 meses de prisión y multas de 17 mil 729 a 34 574 pesos si provoca la muerte de un animal hasta 4 años de prisión.
  • Quintana Roo: De acuerdo con las modificaciones realizadas al Código Penal Vigente para el Estado de Quintana Roo, el artículo 179 Bis, establece que al que injustificada e intencionalmente realice actos de crueldad en contra de cualquier especie animal, causándole maltrato evidente, pero que no pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a un año de prisión y de veinticinco a cincuenta días multa.
  • San Luis Potosí: Se establecen sanciones que van desde tres meses a un año de cárcel, a quien se le compruebe el maltrato animal. Además de inhabilitaciones en contra de profesionales dedicados al cuidado animal y multas de hasta 100 salarios mínimos.
  • Sinaloa: En el 2016 se aprobaron ciertas modificaciones al código penal donde se estableció que las sanciones para agresores de animales domésticos será desde 3 meses hasta un año de prisión.
  • Sonora: El Congreso de Sonora aprobó reformas al Código Penal para tipificar como delito grave el maltrato y crueldad animal, se castigará con penas de seis meses a dos años de prisión y multas que van de 50 a 100 días de salario mínimo.
  • Tamaulipas: El Código Penal Estatal señala que tendrá de 2 meses a años de prisión además de una multa que puede ir de 200 a 500 días de salario mínimo.
  • Veracruz: En el 2014, en el Código Penal para el estado de Veracruz, se adiciona un capítulo denominado Delitos Cometidos por Actos de Maltrato o Crueldad en contra de Animales, en el cual se establece en el artículo 264: “Al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal causándole sufrimiento o heridas, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo.”
  • Yucatán: Diputados locales aprobaron por unanimidad reformas al código penal de Yucatán, que contemplan penas y multas contra quienes cometan actos de maltrato o crueldad en contra de animales domésticos. De tal manera que aquellos que cometan actos de maltrato o crueldad en contra de los animales tendrán una pena de 3 meses a 1 año de prisión y de 50 a 100 días de multa, aumentando hasta en una mitad si estos casos provocan una incapacidad parcial o total permanente al animal que la sufrió. Esta iniciativa no solamente protege a los animales que acompañan al ser humano o que son utilizados como mascotas, sino que incluye a los animales callejeros que habitan o deambulan por la vía pública sin medio que los identifique o aquellos que no tienen cuidado de sus dueños o poseedores.
  • Zacatecas: Cuenta con la Ley de Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Zacatecas, la cual como su nombre lo indica tiene la finalidad de proteger la vida y garantizar el bienestar y protección de los animales, además el Municipio de Zacatecas es el primero en el estado en garantizar la protección y cuidado animal, bajo un reglamento que fue impulsado a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente. Con su publicación, se garantiza la convivencia armónica entre las personas y los animales de compañía.

Es fundamental resaltar que en los Estados de Chiapas, Guerrero, Tabasco y Tlaxcala existen reglamentos y leyes destinados a proteger a los animales. Estas normativas contemplan sanciones en el ámbito administrativo para aquellos responsables de cometer actos de maltrato y crueldad animal. Sin embargo, es importante destacar que los códigos penales de dichos estados aún no incluyen específicamente el maltrato y crueldad animal como un delito.