ESTÁN UBICADOS EN EL VALLE DE MÉXICO

Ley Antitabaco: 50 restaurantes del Edomex tendrán espacio para fumadores por suspensión de un juez

A estos establecimientos les fue otorgado el derecho a la suspensión provisional contra la Ley Antitabaco hasta por un año, mientras se revisa la legislación

NACIONAL

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La mayoría de los establecimientos del Edomex que recurrieron al amparo están ubicados en el Valle de México
La mayoría de los establecimientos del Edomex que recurrieron al amparo están ubicados en el Valle de MéxicoCréditos: Cuartoscuro

Hasta el momento, más 50 restaurantes ubicados en el Estado de México han recurrido al amparo en contra de la Ley Antitabaco que prohíbe fumar en los espacios abiertos de estos establecimientos, como patios, terrazas y balcones, informó Gabriel Mancilla, expresidente de la Cámara Nacional de Restauranteros (Canirac) en el Valle de México.

En entrevista señaló que a estos establecimientos les fue otorgado el derecho a la suspensión provisional contra la ley, hasta por un año, mientras se revisa la legislación que endurece las medidas contra el consumo de tabaco, cuyo reglamento fue reformado y entró en vigor en enero pasado a nivel nacional.

El representante del sector restaurantero puntualizó que la mayoría de los establecimientos del Edomex que recurrieron al amparo están ubicados en el Valle de México.

Señaló que la Ley Antitabaco se trata de una medida que no resolverá el problema del consumo de cigarros

Ley Antitabaco fue exagerada

Gabriel Mancilla destacó que la medida de prohibir el consumo de cigarros en restaurantes representa pérdidas del 20 por ciento en las ventas, principalmente aquellos más grandes donde los comensales también socializan.

El también consejero del Consejo Coordinador Empresarial del Edomex (CCEM) señaló que la Ley Antitabaco se trata de una medida que no resolverá el problema del consumo de cigarros. “Esa situación no garantiza realmente un tema de salud”, aseguró.

“Muchos lugares estaban equipados con sus instalaciones para permitir fumar en determinadas áreas y con determinadas condiciones de seguridad; yo creo que sí fue exagerada la medida”, agregó.

¿Qué dice la nueva ley de no fumar?

Después que el nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco entrara en vigor el pasado 15 de enero del 2023, decenas de comercios, supermercados, tienditas, sucursales del Oxxo y otras marcas, con la misma dinámica de autoservicio, tendrán que ocultar a la vista de los compradores cualquier cajetilla de cigarro. 

Los principales cambios que se buscan con el nuevo reglamento del tabaco es aumentar los espacios de personas no fumadoras en restaurantes, espacios públicos, terrazas, etc. El objetivo de estas modificaciones es establecer el control, el fomento y la vigilancia sanitaria de los productos del tabaco.

Por ello no se podrá colocar publicidad que tenga marcas o sellos alusivos a las marcas de cigarros, ni al exterior, ni interior de los establecimientos o en la vía pública. Únicamente los comercios podrán vender estos productos realizando un listado donde incluya precios, no podrá tener algún logotipo, ni sello o marcas.

¿Dónde se puede fumar y donde no?

Los lugares dónde no se puede fumar son:

  • Oficinas
  • Centros de trabajo
  • Restaurantes
  • Hoteles
  • Parques
  • Playas
  • Transporte público
  • Escuelas
  • Sedes en donde se realicen espectáculos
  • Estadios
  • Sitios marcados con la leyenda “Espacio libre de humo”
  • Plazas comerciales
  • Lugares en donde se encuentren niñas, niños y adolescentes
El objetivo de estas modificaciones es establecer el control, el fomento y la vigilancia sanitaria de los productos del tabaco

Para aquellas personas que gustan de consumir productos del tabaco sólo podrán hacerlo en un espacio destinado con ningún otro fin que el fumar. Estas zonas exclusivas deberán ubicarse únicamente en espacios al aire libre. Estas zonas para fumadores deben contar con las siguientes características:

  • Los espacios al aire libre no deberán ser mayor al 10 por ciento del área total del inmueble o establecimiento
  • Estar ubicadas en un cerco perimetral a al menos diez metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen
  • Contar con la señalización que prohíbe la entrada a menores de edad, la cual debe ser visible y adecuada