LEY DEL SEGURO SOCIAL

Diputada del PAN propone seguridad social para la comunidad artística y cultural en México

Paulina Aguado aseguró durante la presentación de su iniciativa que el Estado tiene una deuda histórica con sus artistas y sus familias

NACIONAL

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La diputada busca seguridad sociales para los artistas y sus beneficiarios
La diputada busca seguridad sociales para los artistas y sus beneficiariosCréditos: Cuartoscuro

Paulina Aguado Romero, diputada del Partido Acción Nacional (PAN), en representación de su Grupo Parlamentario, presentó la iniciativa de proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción quinta al artículo 12 de la Ley del Seguro Social, misma que pretende incluir a los miembros de la comunidad artística y cultural.

La funcionaria pretende que entre los sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio, en materia de artistas y trabajadores de la comunidad cultural, se agregue en el párrafo quinto a las personas trabajadoras que se dedican a prestar servicios artísticos y que formen parte de la comunidad artística.

De acuerdo con el documento presentado, el Estado mexicano tiene una deuda histórica con el gremio artístico, quienes actualmente no forman parte de los beneficiarios del Seguro Social, y por lo tanto, tampoco del régimen de pensiones ni afores, pues la mayoría de ellos no forman parte de una nómina, y sus oportunidades de trabajo o de ahorro son menores.

Se adicionará el párrafo quinto al Artículo 12 de la Ley del Seguro Social.Crédito: Cuartoscuro

Serñaló también que actualmente varios de los artistas en México, desarrollan sus atareas de forma intependiente con apenas peños contratos, lo que termina por "pulverizar" la regularidad que están presentes en otros trabajos.

En este sentido, apuntó también que la propuesta prevé que la Ley garantice la atención a los servicios de salud cuando enfrenten enfermedades o padecimientos. Ello, apuntó la diputada, podría mejorar la situación laboral, profesional, social y económica de los artístas en México.

"Debemos avancar hacia el reconocimiento de los artistas como trabajadores plenos de derechos, para la ampliación de políticas y medidas relacionadas con su seguridad social a fin de conjuntar los recursos en un mismo esfuerzo, afrontando los problemas apremiantes de la población mexicana de una manera mucho más efectiva y eficiente, independientemente de su condición social, laboral, económica, geográfica o presional", escribió Aguado Romero.

En México la comunidad artística está conformada por las artes escénicas, música, danza, teatro, arte circense y performatividades entre otras; las artes visuales y audiovisuales, pintura, ilustración, escultura, grabado, arte urbano, cine, video, fotografía, arte digital, entre otras; y finalmente la literatura, prosa, poesía, dramaturgia, entre otras.

La diputada busca seguridad social para los artistas y sus beneficiarios. Crédito: Cuartoscuro

Ley del Seguro Social

El Artículo al que hizo referencia la diputada, es el 12, de los sujetos de aseguramiento al régimen oglitario, donde hay, por el momento, cuatro categorías, la más reciente reformada en el Diario Oficial de la Federación en el año 2019:

I. Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones;

II. Los socios de sociedades cooperativas;

III. Las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que señala esta Ley y los reglamentos correspondientes, y

IV. Las personas trabajadoras del hogar.

La diputada Paulina Aguado Romero hizo la propuesta por el grupo parlamentario del PAN. Crédito: Twitter/@PaulinaAguado

En cuanto artículo 13, señala a los sujetos que voluntariamente podrán ser asegurados al régimen obligatorio:

I. Los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados;

II. Se deroga.

III. Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios;

IV. Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, y

V. Los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social

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