DERECHO AL OLVIDO

Derecho al olvido, sin efecto en México

Este mecanismo debería proteger a los ciudadanos de información inexacta, irrelevante o excesiva

NACIONAL

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No se contemplan convencios internacionalesCréditos: Especial

En nuestro país, no existe mecanismo jurídico alguno que obligue a un medio de comunicación a borrar o modificar una nota, reportaje, entrevista o cualquier género periodístico a petición de un ciudadano o empresa.

En otros países existe el llamado “Derecho al olvido”, el cual es un mecanismo jurídico que existe en países europeos que permite solicitar la eliminación de contenidos dentro de los motores de búsqueda.

En el caso de México, a pesar de algunos intentos por instaurarlo, la iniciativa no logró evolucionar, tomando en cuenta que es un país donde existen graves violaciones y atentados a la libertad de prensa y la libertad de expresión, por lo que las propuestas han quedado sin regulación ni efecto.  

“Una vez que el medio de comunicación ha emitido la información es absolutamente impensable removerla”, así lo considera Adriana Solórzano, catedrática de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). 

América Latina es considerada por la organización Reporteros Sin Fronteras como “un entorno cada vez más deteriorado y tóxico” para el ejercicio periodístico. Tan solo desde el año 2000 a la fecha, han sido asesinados 153 periodistas en territorio nacional. 

Por ello, muchas y muchos profesionales y especialistas en derecho digital, se han pronunciado por rechazar la instauración del llamado “Derecho al olvido” y contribuir así al combate a la impunidad y la recuperación de la memoria histórica. 

Pero, ¿qué es el derecho al olvido?

Es un derecho establecido por primera vez en mayo del 2014 en la Unión Europea (UE) como resultado de una resolución del Tribunal de Justicia de la UE. El Tribunal consideró que la legislación europea de protección de datos otorga a las personas físicas el derecho a solicitar a los buscadores (como Google) que retiren determinados resultados de las consultas relacionadas con el nombre de una persona. A la hora de decidir qué resultados van a retirar, los buscadores deben tener en cuenta si la información en cuestión es "inexacta, inadecuada, irrelevante o excesiva" y si existe un interés público en que dicha información siga apareciendo en los resultados de búsqueda. 

Cabe mencionar que las normas de protección de datos solo se aplican al tratamiento de datos personales relacionados con personas físicas. Las empresas y otras entidades legales no suelen tener derecho a retirar contenido de consultas basadas en su nombre corporativo. 

Países que suscriben el derecho al olvido 

El “Derecho al olvido” aplica en los 27 países que conforman la Unión Europea; sin embargo es España es el país en donde más ha figurado este mecanismo jurídico a través de la Agencia Española de Protección de Datos. 

Intentos de Instaurar el Derecho al Olvido en México 

En 2019, Ricardo Monreal, senador del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), presentó una iniciativa para modificar la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y ampliar el ámbito del derecho a la cancelación. 
El argumento que manejó el senador del partido guinda, fue que dotaría a los usuarios de más y mejores herramientas jurídicas para la protección de sus datos personales en las plataformas digitales. 

Sin embargo, la propuesta fue rechazada por el Senado y distintas organizaciones en favor de los derechos a la libertad de expresión, información, memoria y verdad, como Artículo 19 y Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), quienes mostraron su preocupación, la cual, escaló hasta los más altos niveles del gobierno federal.

Posición de AMLO con respecto al Derecho al Olvido

En enero de 2020, el presidente Andrés Manuel López Obrador, se pronunció en contra de la iniciativa al señalar que tal propuesta “tiene una tendencia a controlar las redes; es decir, a censurar”. “No puedo estar de acuerdo, no la conozco, pero no puedo estar de acuerdo. Lo que he dicho es que perdón sí, olvido no”, comentó entonces el mandatario. 

¿El Derecho al Olvido atenta contra la libertad de expresión?

Para Adriana Solórzano, quien ha sido presidenta de la Asociación Mexicana de la Defensoría de las Audiencias (AMDA), el derecho al olvido no representa propiamente un atentado a la libertad de expresión; sin embargo, es un tema que debe discutirse y regularse para que aplique en casos muy específicos como el de menores de edad que han sido víctimas y que una mala información les perjudique su desarrollo en la vida social en general, lo que sería ideal para proteger los derechos de niños niñas y adolescentes. 

“No se habla de remover la información, la información no se puede quitar. Una información que se ha divulgado en algún momento, es muy difícil pensar en removerla. Sería como pretender algo que no es viable. Es decir, no hay manera. Nadie está obligado a lo imposible. Si te piden remover una información, una vez que ha estado en internet o que ha sido compartida, es imposible removerla”. 

Por otro lado, Priscila Ruiz, coordinadora legal de derechos digitales de Artículo 19, ha señalado que “el derecho al olvido no es un derecho, ya que restringe de manera ilegítima la libertad de expresión, por ello preocupa que la iniciativa para reformar la Ley Federal de Protección de Datos Personales y Posesión de los Particulares, pretenda instrumentarlo e imponer a plataformas digitales y motores de búsqueda como Google y Facebook, por ejemplo, que eliminen contenidos a petición de quien titule datos personales”. 

La también especialista en políticas públicas, destacó que este “derecho” interpreta equivocadamente los derechos a la privacidad y la protección de datos personales. “Una vez que se publica información en internet debe permanecer accesible indefinidamente y así respetar los convenios internacionales relacionados a la libertad de expresión y garantizar el ejercicio de los derechos humanos a través de las tecnologías”, dijo. 

Organizaciones, servidores públicos, periodistas y defensores de los derechos humanos, han coincidido en que, de aplicarse el “Derecho al olvido” cabría la posibilidad de que actos de lesa humanidad, como violaciones, asesinatos, feminicidios; o delitos del fuero federal como lavado de dinero, narcotráfico, desvío de recursos públicos, o delitos electorales, fuesen ocultados ante la sociedad, borrando cualquier rastro de los medios de comunicación y plataformas digitales. 

“El acceso a la información y el combate a la impunidad es una lucha contra el olvido y apuesta por la recuperación de la memoria histórica, por ello, no debe implementarse el derecho al olvido”, sentenció Priscila Ruiz.