CDMX

Personas no asalariadas serían protegidas con esta iniciativa en la CDMX

Los problemas económicos vividos desde el inicio de la pandemia por COVID-19, cambió el rumbo de millones de familias

NACIONAL

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Créditos: Especial

 La diputada del PRI en el Congreso de la Ciudad de México, Silvia Sánchez Barrios presentó una iniciativa para incorporar la defensa del derecho al trabajo de las personas no asalariadas en la Ley de la Defensoría Pública del Distrito Federal.  

Al hacer uso de la tribuna, la legisladora expuso que los problemas económicos vividos desde el inicio de la pandemia por COVID-19, cambió el rumbo de millones de familias, sobre todo de quienes son trabajadores no asalariados, lo que obliga a los legisladores a crear leyes que vayan acorde a la protección de ese sector de la población y no dejarlos en estado de indefensión.  

Resaltó que en todo el país hay 31 millones de personas, es decir, un 56 por ciento de la población ocupada, en la economía informal.  

 “Actualmente, las personas no asalariadas ven afectadas sus actividades, debido a la falta de un marco legal que regule adecuadamente su actividad de laboral, así también la falta de procedimientos claros para sancionar las posibles infracciones, deja a las personas no asalariadas en un grave estado de indefensión, por lo que se debe actualizar las leyes a modo de poderles proteger”, consideró.  

Dip Silvia Sánchez Barrios Foto: Twitter/

Propuso considerar la necesidad de incorporar a la actual Ley el área especializada en la defensa de los derechos laborales de las personas no asalariadas y que no cuentan con un esquema formal de remuneraciones y que la reflexión debe ser garantista de derechos a quienes desarrollen cualquier actividad sin contrato empresarial o de negocio de por medio. 

Precisó, que en el ejercicio de sus actividades, los trabajadores no asalariados se clasifican con las siguientes denominaciones: fijos, semifijos y ambulantes, “siendo los primeros aquellos a quienes se asigna un lugar determinado para realizar sus actividades, mientras que los segundos son a quienes les señalan una zona para el ejercicio de sus especialidades, con autorización para que las realicen en cualquier punto dentro de dicho perímetro”.  

“Trabajadores ambulantes son los autorizados para prestar sus servicios en todo el CDMX, sin que puedan establecerse en un sitio determinado. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha definido el trabajo decente como el conjunto de actividades humanas, remuneradas o no, que producen bienes o servicios en una economía, o que satisfacen las necesidades de una comunidad o proveen los medios de sustento necesarios para los individuos”, concluyó. 

dhfm 

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