Tráfico de restos

Macabro hallazgo en Querétaro: cuatro cráneos humanos en el aeropuerto que se dirigían a EU

Los restos humanos, procedentes del municipio de Apatzingán, estaban ocultos en una caja de cartón

Macabro hallazgo en Querétaro: cuatro cráneos humanos en el aeropuerto que se dirigían a EU
La Guardia Nacional encontró las osamentas en una revisión de rutina Foto: Especial

Integrantes de la Guardia Nacional (GN) adscritos al Aeropuerto Intercontinental de Querétaro (AIQ), interceptaron cuatro cráneos aparentemente de origen humano.  El hallazgo se registró en una empresa de mensajería y paquetería, dentro del Aeropuerto Intercontinental de Querétaro, donde guardias nacionales, previa autorización, efectuaban revisiones aleatorias en busca de narcóticos, armas de fuego y divisas. 

El hallazgo se encontró en cajas de cartón

Elementos de la Guardia Nacional eligieron diversos envíos y los sometieron a una inspección, apoyados de una máquina de rayos X, detectando en uno de ellos material orgánico anormal, por lo que procedieron a efectuar la revisión de forma manual. Al abrir una caja cartón, descubrieron cuatro cráneos de diferentes tamaños, envueltos en plástico transparente y papel aluminio. 

Las osamentas estaban dentro de una caja. | Foto: 

Los restos humanos, procedentes del municipio de Apatzingán, Michoacán, y que tenían como destino un domicilio en la ciudad de Manning, del estado de Carolina del Sur, en Estados Unidos, no contaban con la documentación que amparara su legal procedencia y transportación. 

La Ley General de Salud expone cómo trasladar un cuerpo humano dentro y fuera del país

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reglamenta la Ley General de Salud de aplicación en todo el país, que dispone:

“Artículo 350 bis 1. La internación y salida de cadáveres del territorio nacional sólo podrán realizarse mediante autorización de la Secretaría de Salud o por orden de la autoridad judicial o del Ministerio Público.

“En el caso del traslado de cadáveres entre entidades federativas se requerirá dar aviso a la autoridad sanitaria competente del lugar en donde se haya expedido el certificado de defunción.”

Artículo 350 bis 3. Para la utilización de cadáveres o parte de ellos de personas conocidas, con fines de docencia e investigación, se requiere el consentimiento del disponente.

“Tratándose de cadáveres de personas desconocidas, las instituciones educativas podrán obtenerlos del Ministerio Público o de establecimientos de prestación de servicios de atención médica o de asistencia social. Para tales efectos, las instituciones educativas deberán dar aviso a la Secretaría de Salud, en los términos de esta ley y demás disposiciones aplicables.”

Se dio vista al Ministerio Público

El área del hallazgo fue resguardada para notificar al Ministerio Público Federal e iniciar la carpeta de investigación, por lo que la Fiscalía General de la República será la encargada de continuar las investigaciones correspondientes.

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