La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), desechó la solicitud de medidas cautelares presentada contra Morena y PT por la difusión de la Consulta Popular del próximo 1 de agosto en la que se le preguntará a la ciudadanía si se deben o no investigar las decisiones de los actores políticos del pasado; sin embargo, los consejeros pidieron no engañar a la ciudadanía, toda vez que la pregunta no es si se deben enjuiciar a los expresidentes.
En sesión extraordinaria, los consejeros electorales, advirtieron que será la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quien dirima estas quejas, pero también la manera en la que se realiza la difusión.
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Los consejeros recordaron que la ley establece que el INE está a cargo de la difusión del ejercicio ciudadano a través de radio y televisión, pero no prohíbe que ciudadanos o actores políticos lo hagan en otros medios.
Los consejeros coincidieron en aclarar que el INE, es el único facultado para difundir la Consulta Popular, pero con la pregunta que aprobó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que será la que esté en la papeleta, por ello pidieron no engañar a la ciudadanía.
“La Constitución también habla de que esa promoción que se hace debe ser imparcial, pero también debe estar dirigida a promover una reflexión, pero hacer una difusión cierta de cómo van a ser las cosas y me parece que en este ejercicio, por los hechos que tenemos denunciados, hay cosas que no están correspondiendo con la realidad”, señaló la consejera Claudia Zavala.
“¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?” recordaron que esta es la pregunta aprobada por la Corte y no “juicio a expresidentes” como es promocionada por algunos actores políticos.
Los consejeros Claudia Zavala, Adriana Favela y Ciro Murayama, este último presidente de la Comisión de Quejas, subrayaron que no se debe mal informar a los ciudadanos, bajo el amparo del derecho a la libertad de expresión, toda vez que la pregunta aprobada por la corte es muy puntual y no menciona nombres ni a ningún conjunto de personas.
“Es importante no mal informar, amparándose en el derecho a la libertad de expresión, porque la propia Constitución cuando le da facultades al INE para la Consulta Popular dice que deberá ser imparcial y los principios de la función electoral también nos obligan a la objetividad que es contrario a la tergiversación de los hechos…”
“Sin engañar que se trata de una pregunta que el máximo tribunal de este país, no consideró válido constitucionalmente y por eso retiró nombres de personas”, señaló Murayama.
Los consejeros recalcaron que si algún ciudadano, aún teniendo participación política, realice promoción del ejercicio, no tiene impedimento constitucional, pero recordó que la ley establece que a partir del el próximo 15 de julio y hasta el día de la jornada de participación ciudadana, el INE será el único facultado para difundir en los tiempos que le corresponden en radio y televisión, por lo que en este periodo se deberá suspender la propaganda gubernamental sobre el tema.
La instancia electoral, declaró improcedente el procedimiento especial sancionador solicitado por Ramses Aldeco Reyes, representante de Movimiento Ciudadano en el instituto electoral local de Oaxaca y otros ciudadanos, para prohibir que Morena y PT eviten los actos y difusión de la Consulta Popular.
dhfm