"GÜERO" PALMA

El Güero Palma reclama privación ilegal de la libertad

El amparo presentado le otorgó una suspensión provisional para que no esté incomunicado

NACIONAL

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El Güero Palma fue absuelto porque las pruebas, señalan. Foto: EspeciaCréditos: Especial

Héctor Palma Salazar, El Güero Palma, quien fue uno de los líderes del Cártel de Sinaloa, promovió un juicio de amparo porque permanece detenido en la cárcel de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México. 

En la demanda de garantías, El Güero Palma reclamó la privación ilegal de la libertad a pesar de que obtuvo una sentencia absolutoria por el delito de delincuencia organizada. 

El amparo fue admitido por el Juez Noveno de Distrito de Amparo y Procesos Penales Federales del Estado de México, quien le otorgó una suspensión provisional para que no esté incomunicado ni sea víctima de tortura física o psicológica. 

Cuando el personal judicial intentó notificar al detenido de la decisión judicial, autoridades de la prisión le informaron que esta se encontraba en Estado de Alerta Máxima por problemas en el sistema eléctrico. 

El director del centro penitenciario señaló a la autoridad judicial que la noche del sábado pasado se emitió código negro por falta de energía eléctrica y horas después falló el sistema eléctrico y calderas. 

“Constantemente se han tenido fallas perdiendo visibilidad en las cámaras de vigilancia, razón por la cual, se extreman las medidas de seguridad en estricto apego a la normatividad establecida en ese centro carcelario, ante cualquier situación de riesgo que comprometa la seguridad penitenciaria en el interior y exterior de esa institución, por lo que se suspendieron todas las actividades programadas con las personas privadas de la libertad,", indicó la autoridad penitenciaria. 

Absuelto por insuficiencia probatoria 

El Güero Palma fue absuelto porque las pruebas aportadas por la Fiscalía General de la República (FGR) para acusarlo de delincuencia organizada en la hipótesis de delitos contra la salud fueron insuficientes. 

“Los medios probatorios que obran en el sumario resultan insuficientes para acreditar el delito de delincuencia organizada, previsto en el artículo 2, fracción I (hipótesis delitos contra la salud) y sancionado por el numeral 4, fracción I, inciso a), de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, por ello, resulta innecesario entrar al estudio de la responsabilidad del acusado en la comisión de éste. 

“En consecuencia, se absuelve al acusado”, indica la sentencia del Juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales de Jalisco a la que tuvo acceso El Heraldo de México. 

En la resolución de 282 hojas se mencionan pruebas como la sentencia contra Eduardo Gastélum Barraza, colaborador de Joaquín El Chapo Guzmán y otros presuntos miembros del Cártel de Sinaloa. 

También se señalan informes policiales, declaraciones de testigos colaboradores y la indagatoria contra Palma Salazar por homicidio calificado y por la que se determinó su libertad por desvanecimiento de datos.

Por: Diana Martínez
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