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Aprueban juicio político contra expresidenta del Poder Judicial de Veracruz

Fue acusada del delito de usurpación de funciones por instruir la remoción de José Clemente Zorrilla Rostro como juez de control en Ozuluama

NACIONAL

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La magistrada Sofía Martínez Huerta también será inhabilitada durante cinco años.Foto: Especial

Con 35 votos a favor y nueve en contra, el Congreso de Veracruz aprobó la inhabilitación durante cinco años y el juicio político contra la magistrada y expresidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Sofía Martínez Huerta

Se trata de un dictamen de la Comisión Instructora que fue sometido a votación la tarde de este viernes 19 de marzo, para la destitución e inhabilitación de la Magistrada, toda vez que al desempeñar el cargo de presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura  afectó los intereses públicos fundamentales y, por consiguiente, a su correcto despacho.

En sesión legislativa, realizada a puerta cerrada, los abogados de la Magistrada, Tomás Mundo y Víctor Alfonso Loyo Olivares, acudieron para entregar pruebas en su respectiva defensa; sin embargo, no fueron aceptadas.

¿Por qué enjuiciarán a la magistrada?

Cabe recordar que la expresidenta del Poder Judicial en Veracruz fue acusada del delito de usurpación de funciones por instruir la remoción de José Clemente Zorrilla Rostro como juez de control en Ozuluama, en noviembre de 2020.

Después de que Óscar Hernández fuera nombrado como su sucesor, Zorrilla Rostro presentó la denuncia contra la Magistrada, señalándola de que, sin autorización del Consejo de la Judicatura, lo relevó de su cargo.

El presidente de la Comisión Permanente Instructora, diputado Víctor Emmanuel Vargas Barrientos, argumentó que la decisión del Pleno es resultado de un trabajo transparente y con estricto apego a lo señalado en la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Señaló que el Congreso de Veracruz actúa en estricto apego a derecho y dio cuenta de la rectitud y transparencia en todas las etapas del proceso iniciado en las comisiones permanentes unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales, en observancia permanente de la ley y respeto de las instancias y los tiempos legalmente establecidos.

Tras ser aprobado el dictamen, se instruyó remitir al Tribunal Superior de Justicia el expediente que contiene la acusación y las constancias del procedimiento, a fin de que los magistrados integrantes de la Sala Constitucional notifiquen a la denunciada para que formule los alegatos a su favor y será la Comisión Instructora la que ratifique dicha acusación.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 27 al 32 de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia y siguiendo la secuela procesal, podría negarse la declaración de inhabilitación o destitución si la resolución del Jurado de Sentencia es absolutoria o si no se obtiene la mayoría calificada que exige este ordenamiento.

Por el contrario, si la resolución resulta condenatoria, se sancionará a la servidora pública con la destitución del cargo y la inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos.

Por Juan David Castilla Arcos 

OVH