Violencia infantil

No más gritos ni chanclazos a niños y niñas; estarán prohibidos por la ley en Michoacán

Así se establece en el dictamen aprobado en el artículo 38 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado

No más gritos ni chanclazos a niños y niñas; estarán prohibidos por la ley en Michoacán
La propuesta se analizará en la 74 Legislatura la próxima semana Foto: Pixabay Foto: Pixabay

Los jaloneos, los gritos y hasta el famoso "chanclazo" dirigidos a niños, niñas y adolescentes estarán prohibidos para los padres y madres de familia, según se señala en el dictamen aprobado en el artículo 38 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Michoacán.

Este cambio al artículo 38 fue reformado por las comisiones unidas de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de Michoacán, para erradicar el castigo corporal físico o psicológico y las prácticas pedagógicas discriminatorias o excluyentes que atenten contra la dignidad humana o integridad, especialmente los tratos humillantes o degradantes.

Se define como castigo corporal físico o psicológico todo aquel en que se utilice la fuerza física o verbal para impactar en la psique del menor, y que tenga por objeto generar cierto grado de dolor o malestar, aunque sea leve; considerándose castigos crueles y degradantes aquellos en que se menosprecia, se humilla, se denigra, se convierte en chivo expiatorio, se amenaza, se asusta o se ridiculiza a la niña, niño o adolescente.

Por otro lado, el personal de los centros de asistencia social se abstendrán de realizar actividades que afecten la integridad física y psicológica de niñas, niños y adolescentes; así como cualquier tipo de violencia en su contra, específicamente el castigo corporal físico o psicológico, así lo establece el artículo 62.

Los responsables evitarán que el personal que realice actividades diversas al cuidado de niñas, niños y adolescentes, tengan contacto con estos en la medida que pudiera causarles algún daño o perjuicio, de acuerdo con información de Quadratin.

Por otro lado, con el objetivo de brindarles mejores alternativas de protección para el cumplimiento de sus derechos, se deberá realizar la revisión periódica de su situación, de la de su familia y de la medida especial de protección por la cual ingresó al centro de asistencia social, garantizando el contacto con su familia y personas significativas, siempre que esto sea posible, atendiendo a su interés superior.

Los diputados Adrián López Solís y Octavio Ocampo Córdova propusieron esas reformas, las cuales fueron respaldadas por los integrantes de las comisiones unidas de Justicia y Derecho Humanos, y se someterán a votación en la próxima 74 Legislatura, en la que las comisiones del Congreso del estado acumulan al menos 200 iniciativas que fueron presentadas ante el pleno.

brc
 

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