PAÍS

Reforma Eléctrica, alineada al T-MEC

El Estado se reserva su derecho a reformar la legislación con relación al tema energético, aseguran

NACIONAL

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REFORMA ELECTRICA. Ignacio Mier sostuvo que la reforma está basada en los principios establecidos en el capítulo 27. Foto: EspecialCréditos: Especial

El coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Ignacio Mier, invitó a los detractores de la Reforma Eléctrica a leerla a fondo y estudiarla, a fin de haya certeza de que la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador está alineada a las reglas y compromisos asumidos por México con otros países incluido el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Sostuvo que en el caso del T-MEC, la reforma no contraviene lo establecido en los capítulos octavo, relativo al tema energético; 14 referente a la inversión; 21 sobre libre competencia, combate a monopolios; y el 27 cuyo núcleo duro es el compromiso en el combate a las prácticas corruptas en los tres países firmantes.

El legislador poblano explicó que respecto al capítulo octavo, queda claramente establecido que el Estado se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y la legislación interna con relación al tema energético.

“Frente a eso no cabe duda que tenemos una propuesta presidencial claramente investida de legitimidad en términos de la normatividad del tratado trilateral de la zona norteamericana de libre comercio”, señaló.

En el capítulo 14 referente a las inversiones, añadió, existe una definición aceptada por Canadá, Estados Unidos y México donde se establecen facultades para emitir regulaciones internas, con objetivos legítimos que tengan que ver con la defensa y preservación del bienestar público.

“No hay una prohibición de hacer adecuaciones a la Constitución y lo anterior se refuerza con esta disposición de carácter mandatorio, el capítulo 14, donde México tiene plenitud de atribuciones y facultades para emitir una regulación interna con el fin de preservar el bienestar público, el interés general, y se señala que al amparo de esta atribución, cuando la ejerza alguno de los Estados integrantes de la zona norteamericana de libre comercio, ello no califica como expropiación”, argumentó.

Mier aseguró que lo anterior deja establecido, sobre todo para los representantes de los organismos y cúpulas empresariales en el país, que no se trata de expropiación alguna; de acuerdo al texto del capítulo 14, ahí se define como expropiación la toma del título de propiedad.

“A ningún inversionista privado se le va a despojar de un título de propiedad, de un título de dominio, sobre activos o cualquier otro bien patrimonial. Es por eso que nada podrá poner en crisis la legitimidad jurídica internacional de la iniciativa presidencial”, expuso el coordinador parlamentario.

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