Funcionarios públicos independientes podrán reelegirse respaldados por otro partido político y no es indispensable demostrar antigüedad en las filas militantes o ideológicas de la institución que le propone, con ello se garantiza dos derechos constitucionales: libre asociación y el derecho a ser votado durante un proceso electoral.
En sesión telemática, los consejeros del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en Jalisco aprobaron por unanimidad modificar “Criterios de reelección en la postulación de candidaturas para el Proceso Electoral Concurrente 2020-2021”, tal como lo instruyó la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
“Cuando una persona llegó a un cargo de elección popular mediante la vía independiente, ahora sería postulada por un partido político. El exigir la militancia en un partido político a las personas que aspiran a reelegirse en un cargo de elección popular, implica la obligación de ejercer un derecho humano previsto en la Constitución, como es el de asociación, como una precondición para acceder a otro goce de derecho humano como lo es el ser votado. Lo cual consistiría en una intromisión a la vida interna de los partidos políticos”, externó la consejera Zoad Jeanine García.
Es decir, un candidato independiente podrá postularse para la reelección con su misma calidad o podrá ser postulados por un partido político, sin que sea necesario demostrar su militancia en ese instituto.