TRÁMITES

Definen cuatro juzgados para atención exclusiva de trámites de defunción en CDMX

Estos juzgados atienden el total de la demanda de trámites y se cuenta con el personal, equipo, infraestructura y papel requerido y la atención es inmediata

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La Copia Certificada del Acta puede ser solicitada tres días después del levantamiento del registro Foto: Especial Créditos: Especial

La Dirección General del Registro Civil, que coordina la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, informó que mantiene abiertos cuatro juzgados para atención exclusiva de trámites de defunción.

En un horario de 24:00 horas, de lunes a domingo, está el Juzgado 14, que se ubica en Dr. Liceaga 93, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc. Tienen el teléfono 55 3204 2621

El Juzgado 51en Prolongación Uxmal, s/n, esq. Municipio Libre, Interior de la sede Alcaldía Benito Juárez, junto al Deportivo Benito Juárez, col. Santa Cruz Atoyac. Su número telefónico es. 55 8570 9059.

Mientras que en un horario: de 8:00 a 20:00 horas, de lunes a domingo, está el Juzgado 13, que se localiza en Aquiles Serdán 81, colonia Aragón la Villa, Alcaldía Gustavo A. Madero. Y su número para contactar es 56 1630 9963.

También el Juzgado 18, en Calle 10, esq. Canarios, interior de sede Alcaldía Álvaro Obregón. Teléfono 56 1665 4102.

“Estos juzgados atienden el total de la demanda de trámites y se cuenta con el personal, equipo, infraestructura y papel requerido. La atención es inmediata.

“El trámite de Acta de Defunción tiene como requisitos, los siguientes: Certificado de Defunción emitido por la Secretaría de Salud y Comparecencia de familiar o mandatario acreditado con carta poder simple e Identificación Oficial”, explicó la Dirección, a través de una tarjeta informativa. 

La Copia Certificada del Acta puede ser solicitada tres días después del levantamiento del registro en Caja Ventanilla de Oficina Central y Kioscos de la Tesorería con pago de derechos en efectivo de Clave 54 o en Caja Ventanilla de Juzgados con  línea de captura pagada https://data.finanzas.cdmx.gob.mx/formato_lc/conceptos/registro_civil .

En lo que corresponde al Certificado de Defunción, su administración y emisión corresponde a la autoridad sanitaria.

Por: Carlos Navarro