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Entran en vigor sanciones por privatización de playas

Las sanciones son de hasta un millón 42 mil 560 pesos a quien restrinja y obstaculice el libre acceso y tránsito de personas a las playas marítimas del país

NACIONAL

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La propuesta fue avalada desde el pasado 29 de septiembre, por lo que ahora habrá libre tránsito en todas las playas del país. Foto: Cuartoscuro

A partir de este jueves entrarán en vigor las sanciones de hasta un millón 42 mil 560 pesos a quien, mediante la restricción y obstaculización del libre acceso y tránsito de personas, privatice las playas marítimas del país; e incluso, para el caso particulares que incurran repetidamente en esta práctica se les revocará la concesión o permiso.

En un decreto del Ejecutivo federal publicado este miércoles por la Secretaría de la Función Pública (SFP) en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se apunta que “el acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento”.

“Se sancionará con multa de entre tres mil y hasta doce mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente a los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre o los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre que por cualquier medio o acto impidan, inhiban, restrinjan, obstaculicen o condicionen el acceso a la zona federal marítimo terrestre y a las playas marítimas.

“Para el caso de titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, en caso de reincidencia, además de la sanción señalada en el párrafo anterior, se revocará la concesión, autorización o permiso, observando en lo conducente, lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley.”, señala el decretario del Ejecutivo Federal.

El decreto es producto de la reforma a la Ley General de Bienes Nacionales aprobada por el Congreso el pasado 29 de septiembre, en la que se hacen diversas adiciones que entran en vigor el próximo jueves.

“En el caso de que no existan vías públicas o accesos desde la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre deberán permitir el libre acceso a la misma, así como a las playas marítimas, a través de los accesos que para el efecto convenga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con los propietarios, mediando compensación en los términos que fije el reglamento. Dichos accesos serán considerados servidumbre, en términos de la fracción VIII del artículo 143 de esta Ley”, señala. 

Por Iván E. Saldaña