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Pensión Bienestar: ¿Cómo se puede solicitar el Pago de Marcha y de cuánto es este apoyo económico?

Este beneficio que otorga este programa solo se entrega una vez y lo puede cobrar una persona auxiliar

ECONOMÍA

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Este programa tiene como objetivo brindar una vejez digna a todos sus beneficiarios. Créditos: Cuartoscuro

En los últimos días se hizo viral en redes sociales el caso de un adulto mayor llamado Francisco Islas Pontaza, quien utilizó el dinero de su último depósito de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores para dejar pagado su funeral y a raíz de esta historia salió a colación el Pago de Marcha, uno de los beneficios que muy pocos derechohabientes de este programa conocen, por lo que en esta nota te diremos en que consiste y cuánto dinero se otorga.

De acuerdo con las reglas de operación de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores, el Pago de Marcha es un beneficio económico adicional que se entrega a la persona auxiliar de los beneficiarios cuando estos fallecen con el objetivo de ayudar a cubrir los gastos funerarios, cabe mencionar que no se especifica cuál es la cantidad exacta que se entrega, sin embargo, este apoyo económico solo se otorga en una ocasión.

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El Pago de Marcha de la Pensión Bienestar solo se otorga una vez. Foto: :Cuartoscuro 

Es importante señalar que para que se otorgue el Pago de Marcha, las personas auxiliares deben notificar del deceso del titular de manera inmediata a través de la Línea del Bienestar (800 63 94 264) pues para poder recibir dicho pago es indispensable que los representantes o auxiliares no hayan realizado ningún cobro de este apoyo económico pues se considera un delito.

“Para la emisión del Apoyo Económico de Pago de Marcha, será indispensable que la persona adulta auxiliar, no haya recibido ningún pago o cobro en el bimestre de fallecimiento o posterior a la fecha de fallecimiento de la persona derechohabiente” se puede leer en las reglas de operación de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores correspondiente al ejercicio 2024.

¿Cómo se solicita el Pago de Marcha de la Pensión Bienestar?

El Pago de Marcha de la Pensión Bienestar debe ser solicitado por la persona auxiliar registrada por el derechohabiente y debe presentar una identificación oficial, así como el acta de defunción del beneficiario certificada por alguna institución oficial, además, se especifica que después de haber notificado el deceso del derechohabiente las personas auxiliares tienen un plazo de dos bimestres para solicitar este apoyo económico.

El Pago de Marcha tiene la intención de ayudar a cubrir los gastos funerarios del beneficiario de la Pensión Bienestar. Foto: Especial 

“El Pago de Marcha podrá ser solicitado por la persona adulta auxiliar, presentando identificación oficial y original del acta de defunción y/o constancia médica emitida por alguna institución oficial pública para cotejo, que certifique dicha circunstancia, dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento de la persona derechohabiente, en caso de no informarlo durante este periodo, se perderá el derecho de este apoyo”, se estipula en las reglas de operación del referido programa.

Para finalizar se señala que el Pago de Marcha se emitirá al bimestre siguiente después de haber notificado el fallecimiento del beneficiario y que haya sido capturado correctamente por la Delegación de Programas para el Desarrollo.