La Comisión Nacional del Agua (Conagua), el mes de junio de 2023 registró una reducción del 61% en precipitaciones en relación con ese mismo promedio de 1991 a 2020. Lo anterior implica que de acuerdo con el Centro de Investigación en Política Pública (IMCO), alrededor de 60% de los hogares en México han sufrido de desabasto generado por las sequías.
En particular, el sistema Cutzamala, administrado por el Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México (OCAVM) de la CONAGUA, en la Región Hidrológico-Administrativa Aguas del Valle de México, ha sido afectado. Este sistema, encargado de suministrar a la Zona Metropolitana del Valle de México, se encuentra al 38.7% de su capacidad.
La ONU calcula que las personas en situación de pobreza que viven en asentamientos informales pagan de 10 a 20 veces más por suministro de agua que las personas en ubicaciones más privilegiadas. Asimismo, la calidad de agua que reciben los primeros es menor. Este fenómeno se ha vuelto notorio con personas solicitando pipas de agua para la comunidad en alcaldías y municipios afectados por los cortes de agua en la Zona Metropolitana.
Si la escasez de agua continúa, ésta tendrá un impacto desproporcionado en grupos vulnerables. De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), las mujeres, niños, niñas y personas en situación de pobreza tienen menos posibilidades de acceder al agua y servicios de saneamiento, violando su derecho humano previsto en el párrafo sexto del artículo cuarto de la Constitución. El Estado debe garantizar este derecho humano al acceso, disposición y saneamiento de agua. Por el principio de interdependencia de los derechos humanos, el violar el derecho al acceso al agua, implica una afectación a otros derechos humanos.
El Estado Mexicano es la primer entidad obligada a garantizar el acceso al agua para los ciudadanos, conforme se estipula en la Ley de Aguas Nacionales (LAN), en el artículo 15 (carácter obligatorio de la planificación hídrica, emisión de planes nacionales, regionales y de emergencias). Sin embargo, el Programa Hídrico Regional 2021-2024 fue insuficiente para prever y prevenir la crisis actual, así como de establecer mecanismos de acción para enfrentar esta crisis hídrica.
La CONAGUA, conforme a la LAN tiene la facultad de solicitar al Ejecutivo Federal decretar el establecimiento de zonas reglamentadas, zonas de veda o declarar la reserva de aguas, así como la realización de actos dirigidos a la administración del recurso. Es necesario que las autoridades encargadas del diseño e implementación de los planes y políticas hídricas actúen con base en los principios de sustentabilidad previstos en la Ley de Aguas Nacionales y protegiendo los derechos humanos.
El enfoque basado en la prevención y uso de herramientas de planeación para garantizar el acceso al agua se vuelve indispensable. Por ejemplo: en los siguientes Planes y Programas de gestión hídrica, tanto en el orden nacional como regionalmente a fin de establecer mejores soluciones, medidas preventivas y reactivas en cuanto a la escasez de agua.
Por:
Mariel Backal Sheinberg
Licenciatura en Derecho
Universidad Iberoamericana
Por:
Denisse Prida Yapour
Licenciatura en Derecho
Universidad Iberoamericana
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