COLUMNA INVITADA

Los derechos de solidaridad

En la doctrina constitucional, hay quienes -no exentos de polémica- aluden al “derecho a la felicidad”, la suma de cumplimiento de otros derechos fundamentales para que la persona

OPINIÓN

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Armando Alfonzo Jiménez / Columna invitada / Opinión El Heraldo de México
Armando Alfonzo Jiménez / Columna invitada / Opinión El Heraldo de MéxicoCréditos: Especial

A propósito de este año nuevo 2025 que inicia: la mayoría de los seres humanos expresan generosamente su deseo de felicidad a los demás, una manifestación de esperanza para que todos gocemos de salud, bonanza y amor.

En la doctrina constitucional, hay quienes -no exentos de polémica- aluden al “derecho a la felicidad”, la suma de cumplimiento de otros derechos fundamentales para que la persona pueda vivir una vida satisfactoria.

En este contexto, resulta oportuno reflexionar brevemente sobre los llamados “derechos de solidaridad” o “derechos de tercera generación”.

Este tipo de derechos humanos comprenden ciertos intereses difusos que son basados en postulados universales cuya concreción en la realidad demanda la humanidad.

Los intereses difusos corresponden a un colectivo de personas indeterminado y no son a título individual.

En efecto, la comunidad internacional se ha preocupado y ocupado de enumerar las principales temáticas que se consideran indispensables para que medie un trabajo universas con el objetivo de que no se encuentre en riesgo de extinción la raza humana.

Entre otros, los derechos de solidaridad son:

·      El derecho a la paz.

·      La libre autodeterminación de los pueblos.

·      El derecho al desarrollo.

·      El derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

·      El derecho a beneficiarse del patrimonio de la humanidad.

Por supuesto, como dice el ilustre pensador florentino Luigi Ferrajoli “…los derechos no caen del cielo…”, han sido fruto de luchas que llevaron al establecimiento de límites y controles a los poderes públicos y privados.

Para lograr la eficacia de los derechos humanos en general, y de los derechos de solidaridad en particular, es menester el compromiso, la voluntad política y las acciones necesarias de los Estados, a través de normas jurídicas claras, políticas públicas consistentes y otras medidas pertinentes, con la finalidad de potenciar la dignidad de todas las personas en cualquier lugar del mundo.

Históricamente, México ha sido un paladín a favor de los derechos humanos universales. No sólo ha aportado honorables representaciones diplomáticas en los distintos foros mundiales. Ha formulado propuestas que han sido plasmadas en los instrumentos internacionales de mérito y ha postulado a distinguidas personalidades para dirigir o formar parte de los organismos de Naciones Unidas, así como de las instancias regionales.

A nivel doméstico, es mucho lo que hay que hacer.

Gobierno y sociedad, juntos de la mano, debemos empeñarnos en cumplir y hacer cumplir cabalmente los derechos fundamentales previstos en la Constitución General de la República y en los tratados internacionales. Sin lugar a duda, esta es la tarea más valiosa que tenemos que realizar.

POR ARMANDO ALFONZO JIMÉNEZ

CONSTITUCIONALISTA

@ARMANDOALFONZO

MAAZ